11 de junio de 2020
CHUBUT
Fiscalía apelará la decisión del juez Nieto Di Biase
Mediante un comunicado de prensa el Ministerio Público Fiscal informó que recurrirá la resolución dictada por el juez de Garantías, Marcelo Nieto de Biase, en el caso de la violación en grupo, al entender que no se “respeta la voluntad expresa de la víctima” de tener un juicio abreviado
Mediante un comunicado de prensa, el Ministerio Público Fiscal de Chubut, informó “recurrirá la resolución dictada por el Juez de Garantías Dr. Marcelo Nieto Di Biase, por no haber respetado la voluntad expresa de la víctima y soslayar la opinión de su terapeuta, quien explicó las razones por las cuales la joven no puede continuar con este proceso. La resolución vulnera su derecho a ser oída y a que su decisión sea considerada en la resolución del caso, contradiciendo las recomendaciones plasmadas en todos los Tratados Internacionales que regulan los derechos de las mujeres víctimas de violencia”, sostienen desde Fiscalía.
El Juez Penal Marcelo Nieto Di Biase resolvió el martes por la tarde disponer el rechazo al acuerdo juicio abreviado presentado por las partes en el marco de una causa en la cual se acusa a tres jóvenes por el delito de abuso sexual simple, en un hecho de violación en grupo ocurrido en Playa Unión durante septiembre del año 2012.
Entre los fundamentos centrales de su resolución, indicó que teniendo presente el artículo 355 del Código Procesal Penal (CPP) considera que resulta necesario un mayor conocimiento de los hechos, como así también que resulta exigua a criterio del magistrado la pena acordada en orden a la propia plataforma expuesta en el acuerdo; en particular las circunstancias de realización del hecho y la extensión del daño en la víctima, sumado a considerar que aún con lo relatado y doctrina imperante, la calificación propuesta resulta errónea.
A criterio del juez, se pretendía la imposición de una pena de tres años en suspenso - mínima para la escala elegida por las partes - siendo que de aplicarse correctamente la norma, conforme lo sostiene vasta doctrina, se debería pensar en una calificación que tiene una pena de 8 a 20 años de prisión, lo que no puede pasar por alto.
En cuanto al consentimiento expuesto por la víctima en la audiencia, Nieto Di Biase lo consideró condicionado, lejos de la forma en la que pretendía que fuera tomado por las partes, dado que se le hizo mención al magistrado de la existencia de un acuerdo reparatorio, cuyos términos se reservaron las partes a tener de un "pacto de confidencialidad".