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10 de agosto de 2026
PETROLEO

Chubut recuperó dos yacimientos y ordenó investigar sus pasivos ambientales

Se trata de las áreas Alberto y Don Ernesto, que pasarán al régimen hidrocarburífero provincial. Petrominera tomará posesión para avanzar en su eventual reactivación. La firma Petrolera Patagonia deberá entregar inventarios de bienes y pasivos ambientales y presentar planes de remediación

Chubut recuperó dos yacimientos y ordenó investigar sus pasivos ambientales
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El Gobierno de Chubut avanzó con la recuperación administrativa de dos áreas hidrocarburíferas y habilitó a Petrominera Chubut S.E. a trabajar en su eventual reactivación, mientras puso en marcha un proceso específico para determinar y sanear los pasivos ambientales asociados a los yacimientos.

La medida quedó formalizada mediante los decretos 1162 y 1163, fechados el 3 de agosto y publicados este lunes 10 de agosto en el Boletín Oficial de la Provincia. Las normas alcanzan a las minas denominadas Alberto y Don Ernesto, ambas vinculadas a la firma Petrolera Patagonia S.R.L.

Los decretos establecen que los dos yacimientos quedan incorporados al régimen legal de los hidrocarburos previsto por la Ley Nacional 17.319 y por la Ley Provincial XVII N° 102, junto con las demás normas que regulan la actividad en Chubut.

A partir de esta decisión, Petrominera deberá tomar posesión de las áreas y arbitrar los mecanismos necesarios para procurar su reactivación, además de hacerse cargo transitoriamente de la comercialización y el transporte de la producción que eventualmente se obtenga.

La intervención de la empresa estatal tendrá carácter temporal. El objetivo planteado en los decretos es mantener la operación hasta que las áreas sean adjudicadas a un nuevo concesionario de explotación o se seleccione un operador conforme al artículo 28 de la legislación hidrocarburífera provincial.

Petrominera podrá desarrollar esas tareas directamente o recurrir a terceros. En caso de operar por cuenta propia deberá instrumentar un proyecto de operación y comercialización, mientras que si intervienen empresas externas deberá establecerse el correspondiente acuerdo.

Pero la decisión oficial también abre un frente ambiental para Petrolera Patagonia. La firma fue intimada a presentar, dentro de los diez días hábiles administrativos posteriores a la notificación, un inventario detallado de los materiales, equipos, instalaciones y demás bienes existentes en cada uno de los yacimientos.

El requerimiento incluye además la obligación de actualizar integralmente el Inventario de Pasivos Ambientales y Situaciones Ambientales ante la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable.

La presentación de esa documentación no implicará, según establecen expresamente los decretos, que Petrolera Patagonia quede liberada de responsabilidades sobre eventuales pasivos que no hayan sido declarados.

El Gobierno provincial dejó establecido que cualquier pasivo, situación o hallazgo ambiental que sea detectado posteriormente por las autoridades o por terceros acreditados deberá ser incorporado, evaluado y saneado por quien generó el pasivo, independientemente de las eventuales sanciones administrativas que correspondan.

El plazo de diez días también alcanza a la presentación de un Plan Ambiental de Saneamiento y Recomposición Ambiental para cada área. Los documentos deberán incluir las medidas necesarias para mitigar, controlar, remediar y restaurar las condiciones ambientales del yacimiento.

Además, deberán establecer una metodología técnica de intervención, un cronograma con plazos concretos, acciones de monitoreo y las medidas necesarias para avanzar hacia la recomposición integral de las áreas.

La Secretaría de Ambiente provincial quedó instruida para realizar inspecciones, fiscalizaciones y relevamientos destinados a establecer la existencia de pasivos ambientales y otras situaciones que requieran intervención. El organismo también podrá exigir información y documentación adicional y disponer las medidas que considere necesarias dentro de sus competencias.

Los decretos avanzan, además, sobre la situación registral de ambas áreas. La Dirección de Escribanía de Minas deberá dar de baja del Registro de Minas a Alberto, que figuraba registrada desde 1924 bajo el número 394, y a Don Ernesto, registrada bajo el número 393 desde el mismo período.

La historia registral de los dos yacimientos se remonta a las primeras décadas del siglo XX. Alberto estaba inscripta con tres pertenencias mineras, mientras que Don Ernesto contaba con dos, según los antecedentes consignados en los decretos.

La decisión del Ejecutivo provincial combina así dos objetivos: recuperar el control operativo de áreas que habían quedado en manos de Petrolera Patagonia y, al mismo tiempo, determinar con precisión qué obligaciones ambientales permanecen pendientes.

El esquema definido por Chubut no implica que Petrominera asuma automáticamente los pasivos generados por la anterior operadora. Por el contrario, los decretos dejan expresamente asentado que la responsabilidad por los daños o situaciones ambientales que correspondan seguirá vinculada al generador del pasivo.

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