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Viernes, 21 agosto 2026
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21 de agosto de 2026
RIO NEGRO

El Concejo Deliberante de Allen avanza con la revocatoria a Marcelo Román

Los ediles votaron por mayoría un proyecto que da curso formal al proceso que impulsó una vecina. En paralelo, la Justicia debe determinar la legalidad de la suspensión del cargo que habían votado anteriormente

El Concejo Deliberante de Allen avanza con la revocatoria a Marcelo Román
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Días después de que se conociera el dictamen del Procurador General, Jorge Crespo, en contra de la suspensión de Marcelo Román en el municipio de Allen, el Concejo Deliberante aprobó por mayoría un proyecto de resolución que da curso formal al proceso de revocatoria del intendente, que había presentado una vecina. 

De esta manera, mientras la Justicia resuelve el conflicto de intereses planteado por el jefe comunal, que ya cuenta con el apoyo del Procurador General, el Concejo busca darle viabilidad a otro recurso que también permitiría, en última instancia, desplazar a Román del Ejecutivo municipal.

Por iniciativa de una vecina, Silvina Cantero, se juntaron más de 3.100 firmas (el 10% del padrón)  que fueron presentadas en el Concejo para acompañar el pedido de revocatoria. El paso siguiente era la verificación de esas firmas, para corroborar que se tratara de firmas válidas de personas residentes de Allen.

Tras la ordenanza que sancionó el Concejo aprobando el inicio del proceso, el intendente Román debe presentar su descargo respondiendo a las acusaciones que acompañan el pedido de revocatoria. Una vez que se cumpla esa instancia, deberá continuarse con la recolección de firmas, del 20% del padrón electoral para que el proceso siga su curso.

En la sesión del jueves, los ediles solicitaron un dictamen al asesor legal Néstor Soler para corroborar la viabilidad del proceso de destitución en medio del conflicto de poderes que tramita ante el STJ. De acuerdo con lo expuesto por Soler, tanto la revocatoria como la ordenanza de suspensión transitan por vías paralelas. Para el letrado, el proceso de remoción constituye un “derecho colectivo de la ciudadanía, que no se halla sometido a los plazos del STJ”, y su vulneración implicaría una afectación directa a la comunidad de Allen.

En ese sentido, la resolución declara de orden público que la revocatoria “no altera, no modifica ni suspende la vigencia de la suspensión preventiva dispuesta para Román”, además de mantener “inalterable” el interinato del Ejecutivo, a cargo de Fabián Figueroa.
Con la sanción de la ordenanza, Román deberá ser notificado personalmente de las acusaciones en su contra. A partir de allí, el suspendido jefe comunal tendrá un plazo de 10 días hábiles administrativos para ejercer su derecho de defensa y responder al pedido de revocatoria.

Una vez transcurrido ese plazo, con o sin contestación, se dará continuidad al procedimiento y el Deliberante habilitará los libros para iniciar una nueva etapa de recolección de avales.
El cuerpo deberá establecer un plazo de 30 días para alcanzar el respaldo del 20% de los electores inscriptos en el padrón, que representa unas 4.500 firmas. Si se alcanza ese número, se convocará a un referéndum popular, que deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes.

En caso de que la revocatoria no prospere, no podrá iniciarse contra el funcionario cuestionado un nuevo pedido por la misma causa o motivo.

 

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