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18 de octubre de 2026
RIO NEGRO

Cerro Catedral: no a la venta de tierras públicas

Después de meses de polémica por el Plan Director con CAPSA y de haber barajado un veto, Walter Cortés promulgó la ordenanza que blinda las 1.920 hectáreas del Cerro Catedral y las declara inalienables. La decisión llega a días de las convencionales del 1 de noviembre, una elección “tester” de cara a 2027. El debate de fondo sobre el desarrollo del cerro sigue abierto

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Después de meses de cruce fuerte por el Plan Director del Cerro Catedral y de haber barajado un veto, el intendente Walter Cortés terminó promulgando la Ordenanza 3615-CM-26, que ratifica el carácter inalienable de las 1.920 hectáreas públicas vinculadas al cerro. 

La norma, impulsada por el exconcejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche), había sido aprobada por unanimidad de los presentes el 8 de septiembre. El Ejecutivo la recibió el 28 de ese mes y la firmó mediante la Resolución Nº 00003467-I-2026, descartando el veto que se había especulado como salida posible.

La decisión llega a días de las elecciones de convencionales del 1 de noviembre, una prueba de fuego “tester” de cara a 2027 en la que se eligen los 15 convencionales que revisarán la Carta Orgánica Municipal. 

En un escenario de alta sensibilidad política, con alianzas armándose de ambos lados y la reforma de la Carta como terreno de disputa, frenar o vetar una norma que blinda tierras públicas y que ya contaba con respaldo amplio en el Concejo hubiera tenido costo electoral. Cortés optó por no confrontar de frente y dejar firme el blindaje, aunque el debate de fondo sobre el modelo de desarrollo del cerro sigue abierto.

La ordenanza ratifica la Disposición Complementaria 18 de la Carta Orgánica y deja explícito que esas tierras no podrán ser vendidas, cedidas, permutadas, transferidas ni objeto de disposición que implique pérdida de dominio o afectación permanente o transitoria del patrimonio municipal. 



Las declara de interés social, ecológico-ambiental, paisajístico, turístico, recreativo e hídrico; encomienda al Ejecutivo avanzar con la inscripción a nombre del Municipio en el Registro de la Propiedad y actualizar la información catastral provincial; y comunica a Parques Nacionales la necesidad de participar en la tutela ambiental del sector.

El contexto: el Plan Director y CAPSA

La votación y la posterior promulgación se produjeron en medio del avance del Plan Director de Desarrollo Urbano Ambiental para el área de Catedral, elaborado por el Ejecutivo junto a Catedral Alta Patagonia (CAPSA), la concesionaria del centro de esquí.

Según las versiones del debate, el proyecto contemplaría un esquema de desarrollo turístico y residencial sobre una superficie mucho menor (entre 70 y 80 hectáreas, o aproximadamente el 4 % del total), mientras el Municipio sostiene que protege el 96 % de la montaña y que el dominio de las tierras sigue siendo público.

Desde el oficialismo se insiste en que el Plan Director no supone privatización ni habilita a CAPSA a vender la tierra. Desde la oposición, advierten que habilitar nuevos parámetros urbanísticos, y eventualmente un fideicomiso, sobre tierras con protección especial puede abrir la puerta a una transformación del patrimonio que exceda los límites de la Carta Orgánica.

El dictamen del exconcejal cuestionó que el plan podría implicar una “ciudad dentro de la ciudad” para más de 13.000 habitantes en una zona de alta fragilidad geológica.

La ordenanza no resuelve por sí sola esa controversia. El desarrollo del cerro se discutirá con el Municipio y otros actores sociales, pero ahora con el blindaje de las tierras públicas ya ratificado y promulgado. Las tierras tienen una historia jurídica larga: fueron incorporadas al esquema estatal a partir de la donación de Francisco Pascasio Moreno y luego transferidas por la Ley Nacional 23.251 (Ley Napoli, 1985) a la provincia de Río Negro bajo la figura de “donación con cargo”. En 2007, la Ley Provincial 4184 autorizó su cesión gratuita al Municipio de Bariloche. El proceso de escrituración definitiva sigue siendo uno de los puntos señalados en la discusión.

Con la promulgación, el Municipio queda obligado a avanzar en la regularización dominial y catastral de las 1.920 hectáreas. Cualquier desarrollo futuro (incluido el Plan Director) deberá respetar que el dominio permanece público y no puede ser objeto de venta, cesión o transferencia. 

El debate de fondo sobre el modelo de desarrollo del cerro, la relación con CAPSA y los instrumentos de planificación pendientes continúa abierto, ahora bajo la lupa de las convencionales del 1 de noviembre.
 

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