7 de junio de 2014
JUICIOS POR JURADOS
"Está previsto en la Constitución"
Sostuvo el titular del Colegio de Abogados de Sarmiento, Edgardo Hughes. “La falta de sanción a la fecha, de otros proyectos, se ha debido seguramente a la falta de decisión política”, opinó
Días atrás ingresó en la Legislatura de Chubut un proyecto de Ley que propone el establecimiento del juicio por jurados.
El presidente del Colegio de Abogados de Sarmiento, el Dr. Edgardo Hughes, dijo en diálogo con La Tecla Patagonia que “el proyecto viene a reglamentar una manda constitucional, contenida especialmente en los artículos 172 y 173 de la Constitución provincial... con lo cual se puede debatir sobre su aplicación e instrumentación”.
-¿Qué le parece la iniciativa de implementar el juicio por jurados en la provincia de Chubut?
-Se trata de un proyecto de juicio por jurados y con vocales legos, dos supuestos distintos, que en definitiva vienen a reglamentar una manda constitucional, contenida especialmente en los artículos 172 y 173, de la Constitución Provincial y su reforma en 1994, con lo cual se puede y debe debatir sobre cuestiones que hagan a su forma de aplicación e instrumentación, pero no en lo que hace a la instalación del instituto, con mayor razón transcurridos casi veinte anos de la sanción de la norma sustantiva que así lo dispuso.
-Hubo al menos dos intentos de instaurarlo (2005 - 2011) ¿por qué cree que fracasaron?
-La falta de sanción a la fecha, de otros proyectos, se ha debido seguramente a la falta de decisión política, pues siguiendo al ilustre procesalista uruguayo Couture, el sistema judicial y su formato corresponde al poder político, con mayor rigor, diría a los poderes constitucionalmente constituidos. Más, habiendo participado de otras reformas sustantivas, de los sectores más refractarios, no he dejado de escuchar críticas sustentadas en los costos económicos, más leáse bien, no soy precisamente partidario del mal uso de los dineros públicos, pero es de presumir que se priorizará la prudencia.