21 de febrero de 2019
RIO NEGRO
La jugada de Juntos: Aseguran que Weretilneck nunca fue reelegido
Esta tarde, el apoderado del partido provincial, Damián Torres, se presentó ante el Tribunal Electoral de Río Negro para responder a las impugnaciones presentadas por el FpV y Cambiemos en contra de la candidatura del Gobernador para las elecciones del 7 de abril. “No existe impedimento legal”, disparó
La novela en torno a la candidatura del Gobernador Alberto Weretilneck está lejos de terminar. Con los comicios provinciales del 7 de abril en el horizonte, el tiempo apremia y por este motivo desde la oposición agotan los intentos para evitar que el mandatario provincial se presente por un nuevo mandato. Primero el Frente Para la Victoria pero luego también Cambiemos Impugnaron la candidatura. Ahora, llegó la respuesta del oficialismo.
En este sentido, el apoderado de Juntos Somos Río Negro, Damián Torres, se presentó esta tarde ante el Tribunal Electoral de la provincia para hacer el descargo del partido ante las impugnaciones presentadas. En ese escrito, se destaca que “no existe impedimento legal” porque el actual mandatario cumplió el primer período 2012-2015 por “las normas que regulan la acefalía (artículo 180)” y no debe considerarse “primer mandato”.
En la misma sintonía, el documento entregado afirma que en “caso de fallecimiento, destitución, renuncia o inhabilidad definitiva del gobernador, antes o después de su asunción, lo reemplaza el vicegobernador hasta el término del mandato”. Y hace hincapié en que sin “dudas, del mandato del gobernador electo, no del que reemplaza”.
En tanto, Juntos refuerza su argumento con el antecedente del gobernador jujeño Eduardo Fellner, que logró la habilitación del Tribunal Electoral de su provincia. El mismo afirma que “se torna necesario remarcar que el primero de los períodos” de Fellner “no lo fue por cuatro años, como lo impone la Constitución Provincial, sino por uno menor de dos años”, para completar el período de los mandatarios que le precedieran, por acefalía del cargo, habiendo fallecido el gobernador y renunciado el vicegobernador, ya en ejercicio de la Gobernación. Entonces, cabe concluir que en esa primera oportunidad el ciudadano Eduardo Alfredo Fellner no accedió al Poder Ejecutivo como derivación de una elección popular”.
Además, la presentación señala que el artículo 175 “no fue pensado para el caso de acefalía sino para una situación electoral ordinaria. La reelección es volver a ser elegido en el mismo cargo. La sucesión reciproca es cuando ambas personas (gobernador – vice) se alternan en dichos cargos”. Y concluye: “Wereltineck claramente no encuadra en ninguna de las situaciones limitativas previstas por la norma actual. No ha sido re-elegido en ninguno de los cargos ejecutivos (Gobernador y Vicegobernador) y no se cumplió el supuesto de la “reciprocidad” previsto por la norma constitucional como segundo impedimento para postularse a la re-elección”.