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12 de marzo de 2020
CHUBUT

Abrieron la investigación contra Antonena por el pago diferencial a legislativos

La denuncia fue presentada desde la Asociación de Magistrados la semana pasada. Ayer, el Ministerio Público Fiscal dispuso la apertura de la investigación contra el ministro de Economía, Oscar Antonena, quien ordenó el pago de salarios únicamente para los empleados legislativos el pasado 2 de marzo

Abrieron la investigación contra Antonena por el pago diferencial a legislativos
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El Ministerio Público Fiscal dispuso ayer la apertura de la investigación contra el ministro de Economía de Chubut, Oscar Antonena, a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Magistrados por el pago diferencial a los trabajadores de la Legislatura. El Ejecutivo resolvió el 2 de marzo pasado abonar los sueldos adeudados del tercer y cuarto rango aunque solo a los empleados legislativos y diputados. 

"La resolución dictada con abuso de las facultades conferidas, resulta violatoria del principio de Igualdad", y "en forma indirecta resultan agraviados la totalidad de los empleados públicos provinciales comprendidos en los rangos 3 y 4 conforme las resoluciones dictadas en el marco de la emergencia económica por el Ministerio de Economía y Crédito público de la Provincia del Chubut y las respectivas asociaciones que los nuclean en virtud de la afectación de intereses colectivos", calificándose como un "hecho constitutivo del delito de abuso de autoridad", expresa el comunicado del Ministerio Público Fiscal. 

Y agrega: “Importa el ejercicio abusivo de la facultad delegada en cabeza del Ministro de Economía Provincial, en tanto no determina ni modifica los rangos de pago del haber público (por el mismo ministro ya fijados con anterioridad), ni la cuantía de los mismos, sino que se limita a modificar, adelantándola en forma exclusiva, la fecha de pago de los rangos 3 y 4 de los empleados del Poder Legislativo, incluyendo en los hechos a la totalidad de los empleados y funcionarios de dicho poder; en desmedro de los titulares del haber público correspondientes al tercer y cuarto rango de la Administración Pública Central y del Poder Judicial, con excepción de los organismos autárquicos y autofinanciados expresamente excluidos por disposición del mismo decreto 1080/19”.



 

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