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Viernes, 22 noviembre 2024
Argentina
7 de abril de 2020
CHUBUT

El escándalo con Leuful dejó en evidencia la falta de controles en las designaciones

El funcionario del ministerio de Familia de Esquel, Pablo Leuful, que fue demorado durante el fin de semana pasado por conducir presuntamente ebrio y violando la cuarentena, tenía antecedentes penales. Fue acusado de homicidio culposo. ¿Quién controla los nombramientos?

El escándalo con Leuful dejó en evidencia la falta de controles en las designaciones
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El escándalo en Esquel durante el fin de semana pasado, donde Pablo Leuful, entonces director del ministerio de Familia en esa localidad, fue demorado por conducir en supuesto estado de ebriedad y violando la cuarentena, dejó al descubierto que no existen controles respecto los antecedentes en los nombramientos sobre todo en las segundas y terceras líneas de gobierno. 

Leuful tenía una condena firme. El funcionario fue condenado a 4 años de prisión efectiva con 7 años de inhabilitación por ser usuario de armas de fuego como autor del delito de homicidio culposo, por el hecho cometido el día 23 de noviembre de 2012, en el bar "El Matrerito" en Esquel contra Daniel Alejandro Duran. 

“Se lo echó inmediatamente en el día de ayer”, expresó Arcioni, que calificó a la persona implicada de “irresponsable, inoperante e inservible”. El gobernador de Chubut expuso que personas así “no se merecen la confianza de este gobierno”. 

Las declaraciones resultan un tanto extemporáneas porque más allá del hecho del fin de semana pasado, Leuful tenía antecedentes penales y fue nombrado en febrero por la ministra Cecilia Otarola. ¿Quién fue más irresponsable? ¿Quién controla los antecedentes de las personas que se nombran? 

Por su parte la ministra Otarola, dijo desconocer que para nombrar a los funcionarios de esas líneas se requería certificado de antecedentes penales. 

El caso de Leuful es un ejemplo concreto sobre la falta de controles en las designaciones sobre todo en las segundas y terceras líneas puertas adentro de cada ministerio. 

Según pudo averiguar La Tecla Patagonia, en algunos municipios es indispensable la presentación del certificado a la hora de oficializar las candidaturas pero a nivel provincial, no está explícito. Es decir que no se cuenta de mínima con la información de los funcionarios que tendrán en sus manos el destino de la Provincia. Para que una persona no pueda ser nombrada la exigencia actual radica en que tenga una sentencia firme que lo inhabilite para ejercer cargos públicos. Generalmente estas sentencias se dan en delitos dolosos. 

Así lo establece la ley I- 64 para el ingreso a la Administración Pública en su artículo 4. Indica que no podrá ingresar “el que tenga proceso criminal pendiente o haya sido condenado en causa criminal por hecho doloroso, que a criterio de la autoridad administrativa competente, indique desmedro moral suficiente”. 

La ley de Ética Pública provincial tiene por objeto “establecer normas y pautas relacionadas al buen desempeño de todos los funcionarios que presten servicios, remunerados o no remunerados en todos sus niveles y jerarquías, en planta temporaria o permanente que constituyan una función pública, en dependencias centralizadas, descentralizadas y autárquicas del Estado Provincial, Empresas y Sociedades del Estado (…)”. 

En el artículo 13 se establece “todo funcionario debe observar frente al público, en el servicio o fuera de él, una conducta correcta, digna y decorosa, acorde con su jerarquía y función, evitando conductas que puedan socavar la confianza del público en la integridad del funcionario y de la institución a la que sirve”.

Respecto a las prohibiciones para ejercer cargos, la Ley sostiene: “No podrá ser designada para ejercer cargos políticos, no electivos, ninguna persona que al tiempo de decidirse la designación estuviere condenada por la comisión de delito contra la Administración Pública, u otro de grave entidad, mientras duren los efectos de la sentencia”.

Consultado por este medio, el diputado nacional Gustavo Menna, quien además es uno de los promotores de “Ficha Limpia”, sostuvo: “Es una barbaridad que no se pida un certificado de antecedentes para acceder a la administración pública. De mínima para saber cuáles son las condiciones penales de la persona, si no hay una inhabilidad y a todo evento una inhabilidad moral”, sostuvo.

Y agregó: “De hecho esto lo hemos planteado en el proyecto Ficha Limpia inhabilitando a los que tienen condena aunque no esté firme y lo vamos a hacer extensivo a los demás cargos no electivos en el proyecto de Ley de Ética Pública que esperamos presentar una vez terminada la cuarentena”, culminó Menna. 
 

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