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13 de mayo de 2020
NACIONALES

Provincias ahogadas: los criterios establecidos para acceder a créditos del Fondo Fiduciario

La cartera de Hacienda nacional informó cuáles serán los lineamientos para la distribución de préstamos preferenciales que serán canalizados a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial

Provincias ahogadas: los criterios establecidos para acceder a créditos del Fondo Fiduciario
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El ministerio de Economía nacional  definió los criterios de distribución de los créditos preferenciales, por un total de 60.000 millones de pesos, que serán canalizados a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP), a fin de asistir financieramente a las provincias para paliar los efectos de la pandemia del COVID-19. 

Los préstamos serán otorgados por las necesidades financieras específicas de cada provincia y por las condiciones estructurales con las que cada jurisdicción puede hacer frente a la actual crisis. 

En el marco de las medidas adoptadas para enfrentar los perjuicios económicos de la pandemia, el pasado 9 de abril se creó el Programa para la Emergencia Financiera Provincial a partir de un trabajo coordinado con el Ministerio del Interior encabezado por Eduardo “Wado” de Pedro (Decreto 352/2020). 

El objetivo del programa es reforzar las finanzas provinciales por un total de $120.000 millones (0,4% del PBI). El 50% de estos recursos están siendo ejecutados a través de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), a cargo del Ministerio del Interior, en tanto los $60.000 millones restantes serán distribuidos a través del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial que asignará préstamos con tasa de interés prácticamente nula y periodo de gracia.  

Según la resolución firmada por el titular del Palacio de Hacienda, Martín Guzmán, la asignación de esos recursos estará sujeto a: 

•    Las necesidades reales de financiamiento en el corto plazo (60%) 
•    El nivel relativo de atraso en las condiciones de vida de la población medido por las Necesidades Básicas Insatisfechas (20%) 
•    El grado de afectación relativo de cada provincia en el contexto de la emergencia económica y sanitaria, determinado en un 50% por la tasa de informalidad y cuentapropismo, y en otro 50%, por la difusión territorial del COVID-19 aproximada por la cantidad de infectados cada 100.000 habitantes (20%). 

En ese sentido, se priorizarán las provincias que arrastran desequilibrios financieros estructurales, aquellas donde la desigualdad económica y de oportunidades es más profunda y donde el perjuicio de la cuarentena sobre los trabajadores y las trabajadoras en situación de vulnerabilidad es mayor. 

Cada provincia podrá solicitar el préstamo del FFDP por hasta un monto máximo establecido por dicho criterio en condiciones, incluso, más favorables a las que están sujetas en los mercados de deuda en tiempos de “normalidad”. 

La amortización del capital, el cual será actualizado por CER desde el momento de su desembolso, se efectuará en 36 cuotas mensuales con un periodo de gracia que va hasta el 31 de diciembre próximo en tanto la TNA aplicada será del 0,1%.
 

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