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Argentina
22 de agosto de 2021
CRISIS HÍDRICA

Agua, un recurso en peligro

La emergencia hídrica se extiende sobre la Patagonia. En Chubut proponen lograr la sustentabilidad en el uso del agua, “pero con la participación de todos y cada unos de los actores involucrados: asociaciones, individuos, autoconvocados, autoridades, pueblos originarios, productores, industria, etc”

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Por *Dr. Hansel Yalil Bravo

Sarmiento, Chubut, ciudad nacida en un valle fértil y productivo provisto de un rio –Río Senguer- y, fundamentalmente, abrazado por dos lagos: el Musters y el Colhué Huapi. 

Así nació y hoy con más de cien años de historia se ve desolada, el lago Colhué Huapi solo es un desierto que ha llenado de médanos a campos dejándolos totalmente improductivos. ¿Y a que se debe eso? las razones al día de hoy no las han dado, al menos las autoridades que debieran explicar que pasó, claro está, tampoco se establecieron las responsabilidades funcionales de lo ocurrido; pues solo se limitan a decir que ha sido capricho de la naturaleza.

Nada más absurdo y repugnante, después de tantos estudios, llamados de atención, recomendaciones, reclamos legítimos y de advertencias por parte de diferentes actores de la población en general, demostrándose la indiferencia de las autoridades que hicieron oídos sordos y creyeron, entiendo, en el poder de la naturaleza de devolver el caudal de agua al Río Senguer para que alimente a los dos lagos, no reparando jamás en su responsabilidad ante la falta de control sobre toda la cuenca del Rio Senguer devastada por el uso irrestricto, abusivo, irresponsable y desmedido del recurso, lo que genero indefectiblemente la desaparición del lago Colhué Huapi.

El lago, lamentable e imperdonablemente, ya lo perdimos y hoy no queremos perder nuestro lago Musters. 

Así, puede demostrarse fielmente que la responsabilidad por lo sucedido y lo que está sucediendo sólo corresponde a una parte: el Gobierno de la Provincia del Chubut, a través del Instituto Provincial del Agua (IPA).



En rigor, la Ley de Política Hídrica N° 88, reza en lo pertinente “Artículo 1º.-  La   presente   Ley,   de     conformidad    con    el    Artículo   101  de   la Constitución Provincial, tiene por objeto establecer la Política Hídrica Provincial y fortalecer la gestión institucional del sector hídrico en el ámbito de la Provincia de Chubut.

Artículo 2º.-  Principios Específicos: a) La preservación del recurso hídrico es un deber irrenunciable del Estado Provincial y de la sociedad; b) El agua es un recurso único, escaso y vulnerable que requiere una gestión integrada.

Artículo 45°.-  Créase  el  Instituto  Provincial  del  Agua  (IPA)  en  el  ámbito  de la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos,  como ente autárquico del  Estado Provincial  con plena capacidad jurídica para actual.

Artículo 46°.- El Instituto Provincial del Agua, tendrá las siguientes funciones: a) Ser la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, del Código de Aguas de la Provincia del Chubut, de las Leyes Nº 4.896 y Nº 5.178, y de toda otra norma sobre gestión de las aguas; y la Ley XVII N° 53 del Chubut- Código del Agua- sentencia “Artículo 2°.- El Estado provincial promoverá todo lo necesario para el estudio, administración, aprovechamiento, control, conservación y preservación del recurso hídrico del dominio público y privado en el territorio provincial, en función del interés general y cuidando de mantener un adecuado equilibrio con la naturaleza y la armonía con el uso de los demás recursos naturales”.



En dicha inteligencia, se ha notificado, intimado y solicitado en innumerables ocasiones respuestas, soluciones concretas y reales, obras, plan estratégico, etc., evidentemente con resultados negativos, generando indagación y frustración social. Y pareciera que solo vislumbran un plan: continuar saqueando el lago Musters, agravando aun más la situación y llevando al límite nuestro recurso, el cual curiosamente deben administrar, preservar y conservar, demostrando la desidia de los que deben gestionar y controlar, protegiendo los intereses económicos de un sector que nada tiene que ver con los intereses de toda la comunidad y el anhelo de proteger nuestro recurso hídrico.
  
Hay que lograr la sustentabilidad en el uso del agua, pero con la participación de todos y cada unos de los actores involucrados: asociaciones, individuos, autoconvocados, autoridades, pueblos originarios, productores, industria, etc., para adoptar mejores prácticas en el uso del agua y optimizar la administración y gestión del recurso. Ergo, es el Estado el encargado de garantizar y hacer efectivo el derecho humano al agua, promoviendo una gestión integrada de los recursos hídricos como estrategia política fundamental.

Es imperioso que la planeación hídrica y ambiental se haga con una visión a largo plazo, basándose en sistemas de información, programas, proyectos y acciones fundadas en diagnósticos e indicadores confiables.  
 
En fin, lo que falta aquí es que las autoridades responsables cumplan con los mandatos legales de control, conservación y preservación, garantizando su desarrollo integral y sustentable; en consonancia con Naciones Unidas –Res. AGNU 64/929-, quien “Reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.

*Abogado, Concejal
Pte. del Bloque Frente de Todos-PJ
Sarmiento- Chubut.

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