La reforma al Código Contravencional de Río Negro y sus aplicaciones
A partir de la aprobación en la Legislatura de la Provincia el pasado 25 de agosto. Qué cambió con respecto a la norma que estaba vigente. Qué implica y cuando se aplicarán los cambios
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Con el transcurso del tiempo, la actividad humana cambia y surgen nuevas conductas que necesitan ser contempladas por las leyes, es por ello que una de las funciones primordiales del poder Legislativo, en todos sus niveles, ya sea a nivel nacional como provincial, es la de revisar constantemente el estado de las normas y cómo se adaptan a la sociedad. A veces, solamente se requieren reformas con modificaciones que no afecten integralmente lo establecido. Pero hay casos en que una ley se queda tan atrás en el tiempo, que lo mejor es partir de la base para una reestructuración completa, tal como sucedió con el Código Contravencional de Río Negro.
El 25 de agosto en la Legislatura de la Provincia se dio sanción completa al proyecto de Ley que propone un nuevo Código Contravencional. La iniciativa, presentada por los diputados provinciales de JSRN Lucas Pica y Facundo López ya había sido aprobada en primera vuelta en la sesión del 1 de julio, la última antes del receso de mitad de año.
La nueva norma, que empezará a regir tan pronto sea promulgada en el Boletín Oficial de la Provincia, reemplazará a la antigua Ley N° 532, que se instauró el 31 de diciembre de 1968 y si bien tuvo cambios desde la fecha hasta ahora, nunca antes se abordó un debate para actualizarla por completo.
La discusión de esta renovación del Código Contravencional empezó hace un par de años, en los que se buscó la mejor manera de actualizar la Ley. Sin embargo, el antecedente más inmediato en el que se propuso la modificación de la norma fue en 2014, cuando legisladores del bloque Eva Perón, que en ese entonces respondía al senador nacional Miguel Angel Pichetto, impulsaron una reforma que incluía bajar la edad imputabilidad a los 16 años, sancionar a los padres y el punto más polémico: volver a la custodia policial a quienes se encuentren bajo efecto del alcohol y estupefacientes en la vía pública, lo que generó la preocupación de los trabajadores de la salud por los hechos de violencia institucional que habían ocurrido en ese ámbito. Con críticas que calificaron al proyecto de “retrógrado” por parte del bloque Néstor Kirchner, la iniciativa no prosperó.
De vuelta al nuevo Código, según fundamenta el proyecto “resulta indispensable adoptar la normativa procedimental en atención al cambio de paradigma que surge de la reforma del Código Procesal Penal de la Provincia” y “también debe contemplarse que muchas de las faltas que sanciona el actual código ya cuentan con tipos penales específicos y han sido reguladas en leyes especiales como es el caso de las faltas de tránsito”.
En el texto se detalla que la nueva norma tiene cuatro lineamientos específicos: la reformulación de tipos contravencionales -se dejan atrás las figuras de represión de la ebriedad, la prostitución, el merodeo y otras que ya se consideran inconstitucionales-, se cambia la promoción de la acción contravencional de lo público a lo privado, se fomenta la instrumentalización de métodos alternativos para dar soluciones rápidas a los conflictos y se judicializan los mismos, aunque se deja expresado que se espera que los casos no superen los filtros previos a dicha instancia sean pocos.
Sobre la extensión, se pasa de 90 a 92 artículos, en la que elimina el instituto de la reincidencia, se incorporan nuevas maneras en las que el Estado puede responder a una contravención, se establecen solamente topes máximos en las escalas contravencionales; en la reformulación de los tipos se incluyen las figuras de acoso callejero, maltrato animal y daños al medioambiente, y como ya se mencionó se incorpora el juicio contravencional que “consiste en un proceso simplificado y caracterizado por la celeridad, la oralidad, la informalidad y la inmediación”.
Asimismo, también se restringen las penas de arresto justificando “el elevado costo material (humano y económico) frente a los escasos resultados que rinden”.
En total, el nuevo código comprende 29 artículos que indican conductas contravencionales en las que se contemplan “la integridad de terceros, la tranquilidad de terceros, el uso de los servicios públicos, la seguridad de la propiedad, la fe pública, el medio ambiente y la seguridad en los espectáculos en general, y los deportivos en particular”.
La Tecla Patagonia se comunicó con uno de los impulsores de la reforma al Código Contravencional, el legislador Lucas Pica, y con el Inspector de Justicia de Paz, Pablo Zille, para conocer detalles de la formulación, aprobación y su posterior aplicación.
Lucas Pica - Legislador por JSRN
"Río Negro tiene un nuevo código contravencional lo que significa un nuevo pacto de convivencia en la provincia"
En diálogo con La Tecla Patagonia, el legislador Lucas Pica comentó el contexto de la reforma: “El código contravencional de la provincia de Río Negro databa del año 1961, producto de otra época, otra idiosincracia, otro país, de otro mundo. SI bien tuvo reformas parciales, nunca se había encarado un proceso de una reforma integral como realizamos junto al legislador Facundo López”.
“Con una profunda vocación transformadora, entendíamos junto con el resto de los actores que Río Negro merecía un cambio profundo en su justicia contravencional. Que es aquella que aplican los jueces de paz”, afirmó Pica y explicó: “Una contravención es definida a veces como un “delito en miniatura”, es decir, son aquellas afrentas al orden social, que el legislador no le da entidad como para caracterizarlo como un delito, del código penal dictado en el Congreso de la Nación”.
Sobre la formulación del proyecto, el legislador señaló: “El proceso de reforma demandó casi dos años de trabajo, nos juntamos con los jueces de paz, con la inspectoría de la justicia de paz, que depende del tribunal superior de justicia, recibimos aportes del Ministerio de Seguridad de la Provincia para llegar al recinto con el proyecto, que tuvo un apoyo muy grande, tan sólo cuatro votos en contra”.
En torno a cuáles fueron las modificaciones, indicó: “Por un lado adaptamos el Código a nuestra provincia, es un pacto de convivencia entre rionegrinos, incorporamos un nuevo procedimiento. como por ejemplo, el instituto de los métodos compositivos de resolución de conflictos, la mediación, ordenamos el código en materia de figuras contravencionales, y sumamos nuevas, como por ejemplo el acoso callejero, y figuras que tienen que ver con el cuidado ambiental, Cabe señalar que incorporamos bagaje de sanciones para que pueda contar el juez de paz y también en materia de maltrato animal, hicimos avances muy importante en materia de sanciones”.
El código fue aprobado por mayoría salvo 4 votos en contra, Pica indicó que “como se necesitaba un cambio de paradigma tuvimos el acompañamiento de los sectores, lo que sí demandó un trabajo con los efectores del sistema de mucho tiempo, se trabajó casi dos años”. Y agregó: “En cuanto al Frente Renovador que votaron en contra, valoraron el trabajo realizado y la presentación del nuevo código que era necesario, dijeron que más adelante van a presentar otro proyecto con reformas”.
Al respecto, el legislador remarcó: “El código reemplazado era viejo, vetusto, anacrónico, y hoy por hoy este código lo que pretende ser es eficaz, práctico, con fuerte control ciudadano, sobre todo en materia de las flagrancias, se da un importante instrumento a la policía, pero respetuoso del procedimiento y las garantías individuales”, y agregó: “Una vez que se publique en boletín oficial ya rige como ley para toda la provincia”.
Para finalizar, Picas señaló: “Estamos muy conformes con el código que se ha sancionado, Río Negro tiene un nuevo código contravencional lo que significa un nuevo pacto de convivencia en la provincia, Tenemos muchas expectativas de lo que viene con este proceso”.
Pablo Zille - Inspector de Justicia de Paz
"Era necesario modificar la ley 532, porque resultaba totalmente desactualizada a las necesidades actuales, reprimiendo actos de las personas que de ningún modo afectaban la paz social".
La Tecla Patagonia se comunicó con el inspector de Justicia de Paz, Pablo Zille, quien señaló: “El proceso de reforma del Código Contravencional responde a una necesidad de modificar el Procedimiento actual de la ley 532 que no superaba ningún control de constitucionalidad ni de convencionalidad, esto resulta contrario a la Constitución Nacional y las declaraciones (más que nada en materia de derechos humanos) que se encuentran incorporados en el art. 75 inc 22 de la CN con jerarquía supranacional”.
Zille explicó: “En la práctica observamos con los Jueces de paz que no se respetaban garantías mínimas a los ciudadanos que cometían faltas (contraventores) y en la mayoría de los casos, por no decir todos, se los terminaba absolviendo porque el procedimiento estaba viciado desde el momento mismo en que se instruía el preventivo policial”.
Sobre la necesidad de renovar el Código señaló: “En cada encuentro de jueces de paz, que se hace una vez al año, siempre se coincidía que era necesario modificar la ley 532, porque resultaba totalmente desactualizada a las necesidades actuales, reprimiendo actos de las personas que de ningún modo afectaban la paz social”, y agregó: “Por ejemplo a las personas comprendidas en el colectivo LGBTQ, a las personas con consumo problemático de sustancias, a la vagancia y una serie de comportamientos que eran reprimidos con arresto”.
“En el transcurso del año pasado y por iniciativa del legislador Lucas Pica y Facundo Lopez fue que mantuvimos un encuentro para tratar este tema”, afirmó Zille y continúo: “Posteriormente realizamos varias reuniones por zoom, con una comisión de jueces de paz que representaba a cada circunscripción, donde fuimos analizando distintas propuestas de códigos de faltas, entre ellas el de la provincia de Córdoba, para pensar en redactar un código que se ajustara a nuestra realidad, a nuestra provincia”.
En torno al tratamiento, remarcó que “el proyecto fue analizado, compartido y consensuado con los Jueces de Paz de Cipolletti, Gral Roca, San Carlos de Bariloche y Viedma, que son lo que mayor cantidad de contravenciones registran por año”.
También dialogó sobre la posibilidad de aplicación del nuevo Código Contravencional, el magistrado afirmó: “Estamos convencidos de que si, porque responde al tipo de sociedad actual, desde la sociológico y jurídico es un cambio de paradigma. Incluso la terminología que utiliza es distinta a la ley 532”.
El Inspector de Justicia de Paz indicó: “Creemos que existen distintas y mejores opciones de revertir el comportamiento inadecuado de ciertas personas que configuran con su accionar una falta o contravención, que castigar con arresto, que está pensado como la última opción a aplicar, ya que todos coincidimos que el orden público o la paz social no se garantiza con el arresto de las personas”.
Para finalizar, Zille señaló: “Creo que las dificultades, si es que las hubiera, surgirán con su entrada en vigencia y aplicación del nuevo código”.