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CHUBUT
28 de septiembre de 2022

Reelecciones intendentes: qué dice la letra chica del proyecto que ingresó hoy a la Legislatura

El Ejecutivo de Mariano Arcioni envió hoy a la Legislatura la iniciativa pedida por los Jefes Comunales que busca modificar la ley que establece la prohibición para repetir mandato en más de una oportunidad. Los alcances y el detalle del texto presentado

Reelecciones intendentes: qué dice la letra chica del proyecto que ingresó hoy a la Legislatura - La Tecla Patagonia


El gobernador Mariano Arcioni envió hoy a la Legislatura el proyecto de ley que establece la modificación de la ley actual que prohíbe la reelección indefinida de los intendentes. El requerimiento había sido presentado por los propios intendentes ante el mandatario al considerar que al momento de la entrada en vigencia de la ley (2016) muchos de los mandatarios locales ya estaban en funciones. 

La Tecla Patagonia tuvo acceso al proyecto 079/22 mediante el cual el Poder Ejecutivo le pide a la Legislatura que considere "el establecimiento de una disposición con carácter transitorio y por única vez referida al cómputo de los mandatos establecido en el artículo 8 de la ley XVI Nº 46, atendiendo la preocupación y el requerimiento de numerosos intendentes y jefes comunales de nuestra provincia". La iniciativa lleva la firma de Arcioni. 

Entre los argumentos presentados en el texto, se indica que "con la modificación introducida por la ley XVI Nº 46, que limitó la posibilidad de reelección, autorizada constitucionales, de candidatos a intendentes de las corporaciones municipales o comisiones de fomento, impidiendo la posibilidad de reelección de mandatarios en ejercicio de su segundo período gubernamental; la posibilidad de ver concretados los proyectos o impedidos en este mandato constitucional como consecuencia que los condicionantes que ineludiblemente los afectaron, como así también los compromisos asumidos con sus electores, se ve definitivamente truncada ante la imposibilidad de un nuevo mandato constitucional", expresa el documento. 

"Es por ello, y ante la inquietud planteada desde distintos sectores, que se impulsa el presente proyecto de ley, en el entendimiento que no se viola ningún derecho constitucional, y que las garantías que se elevan a los fines de evitar la permanencia indefinida de los funcionarios en sus cargos no se ve conculcada; pues la medida que se propone es transitoria y por única vez y encuentra sustento atendible en las particularidades especiales y extraordinarias vividas durante gran parte del mandato constitucional vigente, que definitivamente lo afectaron y porque en definitiva será la comunidad quien habilite a los funcionarios o no con su voto el acceso a un nuevo mandato", concluye. 

La ley actual  establece que “el intendente y los concejales serán elegidos directamente por el cuerpo electoral de la corporación municipal y durarán cuatro años en sus funciones. El intendente puede ser reelecto por un segundo mandato consecutivo. Para poder aspirar a una nueva elección deberá dejar transcurrir un período completo de cuatro años. Esta limitante no es aplicable a los concejales”, dice el artículo 8° de la Ley XVI N° 46, modificado hace poco más de cuatro años mediante un proyecto presentado por la entonces diputada radical Jacqueline Caminoa. 

En el mismo sentido, la Ley Orgánica de Comunas Rurales establece que “el gobierno y la administración de las Comunas estará a cargo de un ciudadano que se denominará “Presidente de la Comuna Rural” y será electo directamente por el pueblo, acompañado por un Vicepresidente, los cuales durarán 4 años en sus funciones y podrán ser reelegidos únicamente por un nuevo período consecutivo”.

Para modificar ambas normas, por tratarse de leyes comunes, se necesita una mayoría simple, es decir el voto de 14 legisladores. Hay 16 intendentes y 10 presidentes de comunas rurales alcanzados. 


 


 

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