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14 de octubre de 2022
RIO NEGRO

¿Qué dice la reforma al Código Electoral que propone JSRN?

Tras días de especulación e idas y vueltas, finalmente el proyecto ingresó a la Legislatura. Entre lo más destacado, se mantiene el plazo de celebrar las elecciones provinciales entre abril y octubre, pero se plantea que no se hagan en simultaneo con las nacionales. Además, se permitirían las listas colectoras

¿Qué dice la reforma al Código Electoral que propone JSRN?
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Ayer a la tarde, el bloque de Juntos Somos Río Negro presentó en la legislatura su proyecto de reforma electoral. El texto se dio a conocer después de días de rumores sobre su contenido, lo que generó todo tipo de reacciones por parte de la oposición y también inquietudes desde la misma gobernadora de la provincia, Arabela Carreras, que primero había llamado por un debate interno.

Es ese marco y contrario a lo que había circulado, el proyecto propone la modificación de 6 artículos del Código Electoral de la Provincia, y no 2 como había trascendido previamente. Asimismo, se hablaba de un acotamiento de las elecciones entre los meses de abril y mayo, pero finalmente en el texto se establece que el plazo para llevar adelante los comicios se mantiene de abril a mayo, pero se plantea que “no podrán realizarse en forma simultánea con las elecciones nacionales, a los fines de asegurar la autonomía provincial en los comicios”.

Otro punto principal postulado en la iniciativa está relacionado con la implementación de listas colectoras. En el proyecto se refiere a esto como el “sistema de adhesión de boletas”, en el que se indica que “las agrupaciones políticas podrán efectuar acuerdos de adhesión de boletas en todos aquellos tramos donde no tengan candidatos propios oficializados. Las mismas podrán efectuar acuerdos de adhesión con más de una agrupación”.

Además, bajarían la edad de afiliación a los partidos políticos a partir de los 16 años, se ponen límites a los fondos disponibles para la campaña “para cada categoría que en ningún caso supere el valor de dos (2) JUS por cada cien (100) electores empadronados para votar en esa elección. La suma máxima es aplicable a cada lista oficializada con independencia de quien efectúa el gasto. Cuando la convocatoria incluya más de una categoría, el tope de gasto se elevará a un valor de dos coma veinticinco (2,25) JUS por cada cien (100) electores empadronados”.

Entre otros aspectos, también se modifican las dimensiones y el contenido de las boletas, y se obligaría a los partidos políticos a presentar los nombres de los candidatos en la web.
Se estima que el proyecto sea debatido en el recinto en primera vuelta durante la sesión del 21 de octubre.
 

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