14 de noviembre de 2023
RIO NEGRO
El STJ le bajó el pulgar a Odarda por una denuncia sobre manipulaciones judiciales en el caso de Lago Escondido
Por falta de fundamentación, el Superior Tribunal de Justicia declaró como inadmisible el recurso extraordinario federal, que la diputada provincial electa había presentado hace unos días, en el que acusaba de maniobras que terminaron con un fallo a favor de Joe Lewis, que desestimó un acceso al espejo de agua por camino de Tacuifí
El pasado lunes 30 de octubre, en la Fiscalía N° 4 de Viedma se presentó una denuncia penal contra el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro por presunta simulación, alteración o falsificación de documento público en el sorteo de jueces que dictaron sentencia en agosto, excluyendo el camino de Tacuifi y dejando una vía restrictiva hacia el Lago Escondido.
La legisladora electa Magdalena Odarda denunció delitos como falsificación de documento público, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionarios públicos, prevaricato y estafa procesal, solicitando medidas investigativas como allanamientos, secuestro de documentación y pericias informáticas.
Odarda señaló que los sorteos, realizados con meses de diferencia, arrojaron los mismos resultados, planteando dudas razonables sobre la comisión de delitos que podrían afectar la integridad del sistema judicial de Río Negro.
La causa "Lago Escondido", que lleva 18 años, involucra la garantía constitucional de acceso seguro a un bien de dominio público encerrado en propiedad privada, generando interés público al debatir el acceso a un reservorio de agua dulce importante en la Patagonia.
Cabe destacar que el Gobierno Nacional declaró lesiva al interés nacional la operación de compra del predio, ubicado en área de seguridad de fronteras, ordenando una acción judicial para que las tierras retornen al patrimonio del Estado.
Sin embargo, la denuncia de Odarda recientemente fue desestimada por el mismo STJ, que declaró como inadmisible el recurso, debido a la falta de fundamentación acerca de las supuestas infracciones en cuestiones federales. Asimismo, se dictaminó que el fallo que favoreció a Lewis no demostró ninguna arbitrariedad.
“Todo lo expuesto obstaculiza el progreso de la impugnación extraordinaria, por lo cual resulta aplicable el art. 11 de la Acordada citada, que permite desestimar la apelación en la medida en que los recurrentes no hayan satisfecho alguno o algunos de los recaudos para la interposición del recurso, sumado a las restantes circunstancias aquí mencionadas”, se argumenta en el texto.