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Sábado, 7 septiembre 2024
Argentina
31 de mayo de 2024
SANTA CRUZ

La Justicia falló a favor de la Provincia en su reclamo contra los tarifazos de gas

El Juzgado Federal de Caleta Olivia hizo lugar al amparo que presentó el Ejecutivo hace algunas semanas contra los aumentos en las tarifas de gas para la región. La cautelar revoca los incrementos en el servicio por los próximos seis meses

La Justicia falló a favor de la Provincia en su reclamo contra los tarifazos de gas
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El comienzo de la temporada de invierno en nuestro país está a la vuelta de la esquina y las bajas temperaturas a lo largo y a lo ancho del territorio nacional ya se hacen sentir.

En la Patagonia, donde las temperaturas son mucho más bajas en comparación con otras regiones de la Argentina, la preocupación entre los ciudadanos es creciente debido a los fuertes tarifazos en los servicios públicos, entre los cuales se encuentra por supuesto el gas, recurso esencial para la calefacción de cada uno de los hogares.

Cabe recordar que, hace algunas semanas, el gobernador santacruceño Claudio Vidal acudió a la Corte Suprema debido a los tarifazos que lleva adelante el Gobierno nacional, solicitando una medida de amparo ante los incrementos que en mitad de año llegarían al 1.000%.

Ahora la Justicia Federal falló a favor de la Provincia en dicho reclamo.

Desde el Juzgado Federal de Caleta Olivia se dictó una medida cautelar que revoca los incrementos en las tarifas de gas determinados por el Ejecutivo que conduce el referente libertario, la cual tiene vigencia por los próximos seis meses.

En su fallo, la jueza Marta Isabel Yañes ordenó “revocar en forma parcial y por contrario imperio el punto 3 de la providencia de fs. 77 (en cuanto al requerimiento de informe previo); y, además, hacer lugar a la medida innovativa interesada por la parte actora (el Gobierno provincial) en relación al colectivo representado - usuarios residenciales del servicio de gas con domicilio en las localidades ubicadas en los departamentos de Deseado, Lago Buenos Aires, Magallanes y Río Chico de Santa Cruz”.

Con ese motivo, la magistrada decidió “ordenar la suspensión desde el 2 de abril del 2024 y por el plazo de seis meses”, de los aumentos derivados de las resoluciones número 41/2024 de la Secretaría de Energía de la Nación y 122/2024 y 224/2024 de Enargas.

En relación al ente Enargas, la jueza ordena “comunicar en forma inmediata la presente medida cautelar a las empresas distribuidoras o subdistribuidoras del elemento a fin que, durante el plazo de seis meses de su vigencia: a) se abstengan de aplicar incrementos superiores al 300% en comparación con el mismo período de facturación del año anterior”.

En ese sentido Yañes considera que dicho porcentaje “es prudentemente razonable para equilibrar provisionalmente los intereses en pugna y teniendo en cuenta los índices inflacionarios existentes, los cuales resultan de público conocimiento”.
  
 

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