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Viernes, 27 diciembre 2024
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25 de julio de 2024
SANTA CRUZ

El Gobierno Provincial oficializó la nueva escala para el monotributo simplificado 

La actualización entrará en vigencia el 1 de agosto. Cómo quedaron los valores fijos mensuales 

El Gobierno Provincial oficializó la nueva escala para el monotributo simplificado 
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La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) emitió la Resolución N° 119/2024, estableciendo los nuevos valores fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), vigentes a partir del 1 de agosto de 2024. Esta medida responde a la necesidad de adecuar los importes en función de las modificaciones recientes en el Régimen Simplificado Nacional, conforme a la Ley 24.977 y sus sucesivas modificaciones.

El Régimen Simplificado Provincial, que se aplica obligatoriamente a los pequeños contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, está diseñado para simplificar la recaudación conjunta de tributos en Santa Cruz. Según lo establecido en el artículo 203 del Código Fiscal Provincial (Ley 3486), los contribuyentes deben tributar un importe fijo mensual determinado por la Ley Impositiva Anual, dependiendo de su categoría en el Monotributo.

Los nuevos valores fijos mensuales son los siguientes: Categoría A $16.125, Categoría B $23.625, Categoría C $33.125, Categoría D $41.125, Categoría E $48.375, Categoría F $60.625, Categoría G $72.500, Categoría H $110.000, Categoría I $123.125, Categoría J $141.000 y Categoría K $170.000.

Según dicta el texto, esta actualización busca reflejar los cambios necesarios para mantener la coherencia entre los valores provinciales y nacionales del régimen simplificado, permitiendo una mayor eficiencia en la administración de los recursos tributarios y simplificando el cumplimiento fiscal para los contribuyentes.

El director ejecutivo de la ASIP, amparado por el Decreto N° 041/2024 y las atribuciones conferidas por los artículos 10 inc. q), 12 inc. b) y 206 del Código Fiscal Provincial y la Ley Impositiva 3485, formalizó la modificación de los importes mediante esta resolución. La misma ha sido registrada y comunicada a las partes correspondientes, incluyendo su publicación en el Boletín Oficial de la provincia.

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