29 de julio de 2024
RIO NEGRO
El Gobierno Provincial oficializó la prórroga de la Emergencia Agropecuaria
La medida de urgencia para los productores ganaderos, perjudicados por las fuertes condiciones climáticas, se extenderá hasta junio de 2025. Según dice la norma, en algunas zonas la actividad se vio afectada en un 50%
Mediante el Decreto N° 19/24, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobernador de la Provincia de Río Negro declaró la prórroga y ampliación del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario debido a las condiciones climáticas adversas que afectan a diversas regiones de la provincia. La medida se toma en respuesta al déficit hídrico, fríos extremos y nevadas extraordinarias que han perjudicado severamente las explotaciones rurales dedicadas a la ganadería bovina, ovina y caprina.
El decreto se basa en el expediente N° 003.461-SG-2024 del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo y en informes técnicos conjuntos del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Departamento Provincial de Aguas (DPA). Según estos informes, las condiciones climáticas han afectado entre un 50% y un 80% de la producción en algunas zonas.
El Decreto N° 19/24 establece: “Prorrogar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, declarado mediante Decreto N° 842/23, según corresponda en cada caso, por causa de sequía, a la actividad ganadera bovina, ovina y caprina, a partir del 01 de Junio de 2024 y por el término de un (1) año, en los Departamentos Adolfo Alsina, Avellaneda, Conesa, El Cuy, General Roca y Pichi Mahuida”.
Además, se dispone “Declarar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda en cada caso, por causa de sequía, a la actividad ganadera bovina, ovina y caprina, a partir del 01 de Junio de 2024 y por el término de un (1) año, en los Departamentos San Antonio, Valcheta y 9 de Julio”.
También se declara la emergencia por fríos extremos y nevadas: “Declarar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda en cada caso, por causa de fríos extremos y nevadas extraordinarias, a la actividad ganadera bovina, ovina y caprina, a partir del 01 de Julio de 2024 y por el término de un (1) año, en los Departamentos Bariloche, El Cuy, Ñorquinco, Pilcaniyeu y 25 de Mayo”.
El Decreto incluye medidas de alivio fiscal para los productores afectados. En el Artículo 4°, se dispone: “Eximir, total o parcialmente en función del nivel de afectación, a los productores comprendidos en las actividades ganaderas incluidas en los Artículos 1°, 2° y 3° del pago del impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales y del impuesto a los automotores, conforme Artículo 10° apartado a) Inciso b) de la Ley E N° 1.857”.
Además, el Artículo 5° faculta a la Agencia de Recaudación Tributaria y al Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo a evaluar la capacidad contributiva de los productores para aplicar estas exenciones.
Finalmente, el Decreto encomienda al Ministro de Desarrollo Económico y Productivo solicitar la homologación y asistencia económica a los organismos nacionales para paliar los efectos del fenómeno climático: “Encomendar al Señor Ministro de Desarrollo Económico y Productivo a solicitar la homologación y asistencia económica a los Organismos Nacionales para la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los efectos del fenómeno acontecido”.