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Martes, 17 septiembre 2024
Argentina
17 de septiembre de 2024
NEUQUEN

Histórico: San Patricio del Chañar tuvo su primer juicio político

Lolita Carabajal, exjueza de Faltas, fue separada de su cargo por incumplir con la Carta Orgánica. La Tecla Patagonia se comunicó con el secretario de Gobierno y denunciante, Matías González, quien brindó detalles acerca de cómo fue todo el proceso y sus sensaciones a partir de un hecho que marca un precedente en la localidad neuquina

Histórico: San Patricio del Chañar tuvo su primer juicio político
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En las últimas horas, la localidad de San Patricio del Chañar, ubicada a unos 50 kilómetros de Neuquén capital, se convirtió en noticia debido a que se produjo un hecho histórico: se realizó el primer juicio político a través del cual la jueza de faltas municipal, Lolita Carabajal fue separada de su cargo por incumplir con la Carta Orgánica de la Municipalidad.

En este sentido, La Tecla Patagonia se contactó con el secretario de Gobierno de la Municipalidad y autor de la denuncia, Matías González, quien brindó detalles acerca de cómo fue todo el proceso y sus sensaciones a partir de un hecho que marca un precedente en la localidad neuquina.

Consultado acerca del proceso que derivó en el juicio político para la doctora, González manifestó: “La denuncia se origina por un oficio que recibimos en la dirección de Legal y Técnica (dependiente de mi Secretaría) sobre cuota alimentaria a un empleado municipal. En tal oficio se faculta para dirigenciar a Carabajal. Esto nos alerta la posibilidad de que la Jueza de Faltas estuviera ejerciendo la profesión de abogacía, una de las causales de incompatibilidad. Para ello solicité una verificación que arroja que la magistrada toma intervención en diversas causas en el fuero de familia y laboral”.

En ese sentido expresó: “Como deber de funcionario público presenté la demanda ante el Concejo Deliberante y se activó el procedimiento de juicio político. En resumen se divide en dos salas (la acusadora y la juzgadora). La primera, encargada de corroborar si existe mérito para el juicio, solicitó informe al Juzgado de Familia, el cual confirma más de 120 movimientos de la doctora Carabajal, entre ellos el oficio que dio inicio a la demanda, confirmando que era abogada de un empleado municipal”.

Sobre la misma línea indicó: “La sala acusadora dictaminó mérito por mayoría y se procedió a suspenderla del cargo (fue notificada el 16/09), y se dio curso a la sala juzgadora que debe votar por el mérito ya comprobado por la sala que la precede. La jueza tuvo su derecho a defensa, en el cual presente entre su descargo la solicitud de pasividad de su matrícula como abogada dirigida al Colegio de Abogados con fecha 9/9/24, y también la baja de los patrocinios que tenía vigente asumiendo la incompatibilidad en esos mismos actos”.

Finalmente y a propósito de sus sensaciones a partir del hecho, González le dijo a LTP: “Como sensación personal me encuentro ante una gran responsabilidad de dar a conocer esta incompatibilidad, pero sorprendido al ver que con pruebas fehacientes e incluso con un descargo en el cual la jueza reconoce la incompatibilidad ante el Colegio de Abogados, aún así un concejal no lo considera incompatible. Considero que un cargo de tal magnitud debe de ser ejemplo de cumplimiento de la Carta Orgánica municipal y todas las normativas vigentes ya que imparte justamente la Justicia”.

Vale destacar que Fabián Narváez se haría cargo de la posición que deja vacante Carabajal hasta que finalice el proceso legal correspondiente.

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