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19 de octubre de 2024
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La jueza del beso fue sobreseída: "Fue una conducta reprochable, pero no un delito"

Mariel Suárez se besó con un preso acusado por homicidio, sin embargo la Justicia entendió que si bien su conducta fue éticamente cuestionable, no constituyó un delito. Meses atrás había sido destituida por el Consejo de la Magistratura

La jueza del beso fue sobreseída:
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El juez Marcelo Nieto Di Biase resolvió dejar libre de culpa y cargo a Mariel Alejandra Suárez, ex jueza penal de Comodoro Rivadavia, por considerar que no incurrió en los delitos por los que la acusó la Fiscalía. El magistrado sostuvo que su conducta es éticamente reprochable y por eso ya fue sancionada al ser destituida del cargo de juez.

La Fiscal María Bottini y la Procuradora de Fiscalía, Cecilia Bagnato, presentaron la acusación pública, luego de serles asignadas la investigación. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia había decretado la nulidad de las resoluciones dictadas por el juez Carlos Ariel Tedesco, sobreseyendo a Suárez.

El máximo tribunal provincial envió las actuaciones a la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia, para que continúe el trámite procesal. El trámite continuó, avanzó la investigación y fue presentada la acusación pública.

El hecho

La acusación sostiene que el 30 de diciembre de 2021, a las 8:24 hs. se le informó a la jueza penal de turno en Comodoro Rivadavia, Dra. Mariel Alejandra Suárez, que había una persona detenida en espera de audiencia de control. Ella, “manera engañosa” adujo que se encontraba enferma. Por ese motivo la audiencia fue fijada para el día siguiente. La Fiscalía indica que, al mentir sobre su estado de salud, retrasó la realización de un acto propio de su función como jueza penal de turno.

No era cierto que Suárez estaba enferma. Ese día estaba en el IPP de Trelew, visitando a un detenido, por motivos personales.

Nieto Di Biase, analizó las calificaciones legales y los hechos imputados y concluyó en que la conducta de la jueza no infringe la ley penal. La Fiscalía acusó por Incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y subsidiariamente por Omisión de los deberes del oficio.

El juez entendió que no llegó a fijarse ninguna audiencia que luego fuera retrasada por esta conducta de Suárez y que la audiencia que finalmente se concretó al día siguiente, se realizó dentro del plazo que establece la ley.

“… Considero que la conducta desplegada por la entonces jueza penal, Mariel Suárez, resulta reprochable éticamente, pero por ello ya fue juzgada ante el Tribunal de Enjuiciamiento y destituida del cargo que ostentaba, lo que resulta de público y notorio”.

 

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