6 de noviembre de 2024
RIO NEGRO
La Corte Suprema de la Nación ratificó la destitución de una jueza en El Bolsón
El tribunal supremo resolvió negar un recurso de queja de la ya exmagistrada Erika Fontela, que fue separada de su cargo en el Juzgado multifueros Nº 11 de la localidad de la Cordillera por mala conducta. Además, quedó inhabilitada de la función pública por 5 años
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por Erika Fontela, exjueza de la localidad de El Bolsón, confirmando así la decisión del Consejo de la Magistratura de la Tercera Circunscripción Judicial de Río Negro de destituirla e inhabilitarla por cinco años para ejercer funciones judiciales. Fontela, quien ocupaba el cargo en el Juzgado de Familia, Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 11, fue removida tras acusaciones de mal desempeño y graves irregularidades en su conducta profesional.
La decisión del Consejo de la Magistratura se fundamentó en diversas pruebas que apuntaban a violencia laboral hacia los empleados del juzgado y trato inadecuado a un abogado en el marco de un proceso judicial. Durante el proceso de evaluación, el Consejo valoró los testimonios del personal, informes sobre el clima laboral e incluso documentación médica. Fontela, en su defensa, reconoció parcialmente las acusaciones, argumentando que su estilo de trato se debía a dificultades de adaptación al rol y a las presiones del cargo.
Tras su destitución, la exjueza buscó revertir la decisión mediante una acción de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro, alegando que el proceso de remoción fue arbitrario y que vulneró derechos fundamentales. Sin embargo, el tribunal provincial rechazó su pedido, señalando que la acción de inconstitucionalidad no era el mecanismo adecuado para cuestionar fallos individuales del Consejo de la Magistratura en juicios políticos, recomendando en su lugar el recurso de casación.
No obstante, Fontela escaló su pedido a la Corte Suprema, alegando que las opciones procesales provinciales eran insuficientes para impugnar la decisión del Consejo. Sin embargo, el máximo tribunal reafirmó la postura del STJ y sostuvo que la exjueza no había agotado los recursos adecuados, ya que no presentó el recurso de casación que el tribunal provincial había sugerido previamente.
La Corte también subrayó que la interpretación de las leyes procesales locales por parte del STJ no era arbitraria y que no se vulneraron garantías constitucionales en la defensa de Fontela, ya que las opciones de recurso le fueron informadas oportunamente.