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Jueves, 26 diciembre 2024
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29 de noviembre de 2024
RIO NEGRO

Cómo funcionará la herramienta financiera con la que Weretilneck busca blindar el GNL

El Fondo de Garantías de Río Negro fue creado por la Ley 5753, sancionada el pasado 31 de octubre por la Legislatura provincial. Tiene por objetivo facilitar el acceso al crédito a Pymes y productores locales

Cómo funcionará la herramienta financiera con la que Weretilneck busca blindar el GNL
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El gobernador Alberto Weretilneck prepara el terreno para el desembarco del GNL en la provincia de Río Negro. El proyecto tendrá un alto impacto económico en las cuentas provinciales, pero además reactivará a varias empresas locales intermedias. 

En este sentido, celoso de que puedan ingresar compañías que se lleven la plata que ganen a otras provincias, el Gobernador envió a la Legislatura a fines de octubre un proyecto para crear una herramienta financiera clave que incentive a las empresas locales y garantice su competitividad. 

El Fondo de Garantías de Río Negro (FOGARIO) fue creado por la Ley 5753, sancionada el pasado 31 de octubre por la Legislatura provincial y promulgado el 7 de noviembre pasado. La iniciativa, impulsada originalmente desde la Secretaría de Energía y Ambiente, tiene como objetivo facilitar a PyMEs y productores locales el acceso a financiamiento para impulsar proyectos estratégicos en sectores como hidrocarburos, minería, energías renovables y otras actividades productivas.

El impacto esperado del FOGARIO abarca desde la generación de empleo hasta la diversificación de la matriz productiva provincial, con una administración basada en criterios de transparencia y eficiencia. Además, su éxito refuerza la participación de la provincia en el programa del CFI como un ejemplo de cómo las provincias pueden liderar el cambio en momentos de desafíos económicos.

En el artículo 2 de la ley aprobada se indica que "son sujetos destinatarios a efectos de la presente las personas humanas, jurídicas u organizaciones de la sociedad civil, MiPyMES y aquellas que realicen actividades complementarias siempre que desarrollen su actividad, o tengan el asiento principal de sus negocios en la provincia o aquellas que se radiquen en el mismo".

Asimismo se establece un mínimo que deberá ser destinado a Pymes de manera exclusiva. El diez por ciento (10%) del Fondo Fiduciario constituido en los términos del artículo 6º se destina exclusivamente al otorgamiento de garantías para Micro y Pequeñas Empresas (MiPyMES).


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