12 de diciembre de 2024
CHUBUT
Se oficializó el nuevo Código Electoral de la Provincia: los detalles
La norma, publicada por completo hoy en el Boletín Oficial, regula las elecciones provinciales y municipales, establece el uso de la Boleta Única de Sufragio, incorpora principios de paridad de género y accesibilidad, y adopta herramientas tecnológicas para los comicios
El Gobierno de la Provincia del Chubut oficializó este jueves la entrada en vigencia del nuevo Código Electoral mediante su publicación en el Boletín Oficial. Esta normativa, sancionada como Ley XII N° 21 por la Legislatura provincial en noviembre pasado.
El código establece el uso de la Boleta Única de Sufragio (BUS) en papel, la cual unifica todas las opciones electorales en un solo documento, asegurando mayor transparencia y simplificación en el acto electoral. El diseño de esta boleta incluye categorías diferenciadas, fotografías de los candidatos principales y espacios específicos para la elección por lista completa o individual. Además, contempla medidas de seguridad avanzadas y especificaciones claras para su impresión y distribución.
La norma también crea la Secretaría Electoral Permanente, un organismo autónomo encargado de la organización y fiscalización de los comicios. Entre sus funciones se encuentran la administración financiera y logística de los procesos electorales, la confección de padrones, la capacitación de las autoridades de mesa y la difusión de información sobre el acto electoral. Esta secretaría tendrá su sede en Rawson, pero podrá operar en cualquier punto de la provincia.
Otro aspecto clave es la inclusión de principios como la paridad de género y la accesibilidad. El código garantiza que las listas de candidatos respeten la representación equitativa de hombres, mujeres y personas no binarias. Asimismo, adopta medidas para facilitar el acceso al sufragio de todas las personas habilitadas, independientemente de sus condiciones físicas o mentales.
El texto también regula estrictamente el financiamiento y la publicidad de las campañas electorales, estableciendo límites y mecanismos de control para prevenir irregularidades. Además, introduce sanciones específicas para faltas electorales y crea un Registro de Infractores que será público y accesible.
En cuanto a la convocatoria de elecciones, la norma exige que se realice con un mínimo de 120 días de antelación, detallando la fecha, los cargos en disputa y el sistema electoral a utilizar. También permite la simultaneidad con elecciones nacionales, lo que facilita la participación ciudadana y optimiza los recursos.
El código también incorpora herramientas tecnológicas para modernizar los procesos electorales, como la identificación biométrica de los votantes y el uso de sistemas digitales para la gestión de padrones y credenciales. Estas medidas buscan reforzar la seguridad, eficiencia y confianza en el sistema.