27 de diciembre de 2024
RIO NEGRO
El STJ declaró insconstitucional la convocatoria a un plebiscito sobre Calcatreu
El Superior Tribunal de Justicia anuló la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante de Ingeniero Jacobacci que quería llamar a un plebiscito para decidir sobre el proyecto minero
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro declaró inconstitucional la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante de la localidad de Ingeniero Jacobacci que convocaba a una consulta popular vinculante para decidir sobre el avance del proyecto minero Calcatreu.
El máximo órgano judicial de la provincia entendió que la ordenanza no cumplió con los requisitos constitucionales. En este sentido observó que la norma no alcanzó la mayoría agravada de dos tercios requerida por la Carta Orgánica Municipal y, además, señaló que la iniciativa excede las competencias territoriales y materiales del municipio.
La sanción de la iniciativa ya había generado polémica local. El intendente José Mellado la había vetado inicialmente, sin embargo, los ediles insistieron y la mantuvieron la norma vigente con tres votos sobre cinco.
El Superior Tribunal de Justicia indicó que tanto la Constitución Nacional y como la de Río Negro otorgan a las provincias el dominio originario sobre los recursos naturales, reafirmando que la actividad minera corresponde al ámbito provincial.
Según el fallo, "se verifica una invasión en la esfera de decisión del gobierno provincial, en virtud de la extralimitación de la competencia territorial y material del Municipio de Ingeniero Jacobacci".