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Domingo, 29 diciembre 2024
Argentina
29 de diciembre de 2024
JUDICIALES

La Corte Suprema prohíbe evaluaciones periódicas para magistrados en Neuquén

El máximo tribunal rechazó un recurso de queja de la Provincia del Neuquén y confirmó la nulidad de normas que establecían controles periódicos de idoneidad y desempeño para jueces y funcionarios judiciales. El fallo refuerza la independencia judicial y la autonomía provincial.

La Corte Suprema prohíbe evaluaciones periódicas para magistrados en Neuquén
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En un fallo que reafirma la autonomía judicial provincial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por la Provincia del Neuquén en el marco de una acción de inconstitucionalidad iniciada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia del Neuquén. La sentencia pone fin al debate sobre la validez de la reforma constitucional y las leyes que establecían evaluaciones periódicas de idoneidad y desempeño para magistrados y funcionarios judiciales, consideradas una amenaza a la independencia judicial.

La acción había sido promovida por la Asociación de Magistrados, cuestionando la constitucionalidad del inciso 3° del artículo 251 de la Constitución provincial, así como del artículo 28 de la Ley 2533 y del reglamento de evaluaciones creado por el Consejo de la Magistratura. Según los demandantes, estas normativas vulneraban principios fundamentales como la división de poderes y la inamovilidad de los jueces.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén dio la razón a los magistrados al declarar la nulidad de estas disposiciones, argumentando que la Convención Constituyente se excedió en sus atribuciones al crear un sistema de evaluaciones periódicas. La Corte Suprema confirmó esta interpretación, subrayando que no existen elementos que justifiquen su intervención, ya que se trata de una cuestión de derecho público local.

El máximo tribunal recordó que las provincias tienen la facultad de dictar sus propias constituciones y regirse por ellas bajo el marco del sistema representativo y republicano establecido por la Constitución Nacional. Además, enfatizó que no se configuraron violaciones constitucionales que ameriten la intervención federal.

El fallo resalta la importancia de la independencia judicial como pilar del Estado de derecho y establece un precedente en la defensa de la autonomía de las provincias frente a posibles excesos en reformas constitucionales o normativas locales.

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