10 de marzo de 2025
RIO NEGRO
Cuáles son las nuevas disposiciones del Código Procesal, Civil y Comercial Provincial
Este lunes se oficializaron los cambios a la norma, que incorpora modificaciones en recusaciones, notificaciones, medidas cautelares y tramitación de pruebas. La reforma busca agilizar los procesos judiciales y mejorar la eficiencia del sistema de justicia

La Legislatura de Río Negro aprobó modificaciones al Código Procesal, Civil y Comercial de la provincia a través de la Ley N° 5780, promulgada el 7 de marzo de 2025. Los cambios abarcan aspectos clave del procedimiento judicial, incluyendo recusaciones, notificaciones, costos procesales, medidas cautelares y la tramitación de pruebas.
Entre las reformas, se estableció que los jueces de primera instancia solo podrán ser recusados con causa, y se reguló la notificación de sentencias y citaciones mediante cédulas, telegramas o actas notariales. También se dispuso que los edictos judiciales puedan anunciarse por radiodifusión en emisoras oficiales y se ampliaron los plazos procesales en función de la distancia geográfica.
En materia de medidas cautelares, se precisaron las condiciones para decretar embargos preventivos y designar interventores recaudadores. Asimismo, se incorporaron disposiciones sobre la ejecución de sentencias, regulando los títulos que permiten la ejecución y los procedimientos para remates judiciales.
El Código reformado también introduce cambios en la tramitación de pruebas, permitiendo la citación remota de testigos y estableciendo criterios para su interrogatorio. Se dispuso la posibilidad de grabar las audiencias y aplicar multas a testigos que no comparezcan sin justificación. Además, se ajustaron las reglas sobre la prueba pericial, la ejecución de sentencias y los recursos de apelación.
Las modificaciones buscan actualizar el marco normativo para agilizar los procesos judiciales y mejorar la eficiencia del sistema de justicia en la provincia. Con la sanción de esta ley, Río Negro refuerza su normativa procesal en línea con las exigencias actuales del servicio judicial.