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Jueves, 3 abril 2025
Argentina
3 de abril de 2025
SANTA CRUZ

ATE demandó al Gobierno y pide la inconstitucionalidad del decreto para privatizar YCRT

La Asociación de Trabajadores del Estado presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del DNU 115/25, que convierte a la empresa en una sociedad anónima, por afectar el Convenio Colectivo de Trabajo.

ATE demandó al Gobierno y pide la inconstitucionalidad del decreto para privatizar YCRTATE demandó al Gobierno y pide la inconstitucionalidad del decreto para privatizar YCRT
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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno nacional por afectar el Convenio Colectivo de Trabajo al convertir a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, agregó el dirigente.

El decreto 115/2025, publicado el 19 de febrero, convierte a la ex Yacimiento Carbonífero Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios con Terminales en Punta Loyola y Río Gallegos en Carboeléctrica  Río Turbio Sociedad Anónima, en el ámbito del ministerio de Economía.

Los artículos en cuestión son el 8 y el 9 del decreto, publicado en febrero, que afectan la vigencia del Convenio. El primero señala que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” y el segundo dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal”.

Aguiar apuntó que el presidente, Javier Milei, “no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso” y recordó que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras, pero “jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

En la demanda se lee que resultan “violatorios del derecho a la negociación colectiva, a la estabilidad en el empleo público y al principio de progresividad que se encuentran garantizados por los arts. 14 bis y 75. inc. 22 de la Constitución Nacional”.


Aguiar aclaró que en la demanda, que recayó en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, también se incluyó que se declare la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron.

Para el dirigente, “el pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos”.

 

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