1 de septiembre de 2025
CHUBUT
Impugnan el fallo que absolvió a empresarios acusados de contaminar el Golfo Nuevo
El Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn cuestionó la resolución de la jueza Patricia Reyes que benefició a dos responsables de la pesquera Conarpesa. Denuncian arbitrariedad, falta de fundamentación y recuerdan la dimensión ambiental y de derechos humanos del caso

El Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn, a través del fiscal jefe Alex Williams y la fiscal general María Florencia Bianchi, presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia contra el fallo que absolvió a dos directivos de la empresa pesquera Conarpesa en la causa por contaminación ambiental en el Golfo Nuevo.
La resolución impugnada fue dictada el pasado 25 de agosto por la jueza Patricia Reyes, quien benefició a Nadine Parry, responsable ambiental de la firma, y a Josep Vargas, encargado de la planta de tratamiento de efluentes. Para la Fiscalía, el fallo aplicó erróneamente la ley penal, carece de motivación suficiente y presenta contradicciones que lo vuelven arbitrario.
La investigación acreditó que en febrero de 2023 se dispuso un sistema clandestino de volcado de líquidos industriales sin tratamiento al mar. Los peritajes indicaron que las muestras superaban ampliamente los límites legales: la normativa fija un máximo de 50 mg por litro de materia orgánica, mientras que los análisis detectaron más de 1.500 mg por litro.
Uno de los ejes de la impugnación es el argumento de la jueza respecto de una supuesta variación en la acusación fiscal durante el debate oral, lo que —a su criterio— habría vulnerado el principio de congruencia. Para los fiscales, este razonamiento “no se sostiene”, dado que el hecho histórico imputado —el volcado de efluentes crudos mediante un bypass oculto— se mantuvo inalterado en todas las etapas del proceso.
En el escrito, el Ministerio Público remarcó que la sentencia está “plagada de subjetividades y adjetivaciones impropias de quien debe velar por la imparcialidad”, y que carece de fundamentación concreta sobre cómo se habría visto afectado el derecho de defensa de los acusados.
Además, se hizo hincapié en la dimensión ambiental y de derechos humanos, recordando que los delitos ambientales afectan a la salud y la vida de las comunidades. En ese sentido, citaron el Acuerdo de Escazú y fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que obligan a los Estados a garantizar justicia y sanción en estos casos.
El Ministerio Público solicitó que el Superior Tribunal revoque la sentencia absolutoria y ordene un nuevo juicio oral. También efectuó reserva de caso federal, lo que habilita a recurrir a la Corte Suprema en caso de que el reclamo no prospere en la instancia provincial.