25 de noviembre de 2025
NEUQUEN
Bloqueo Loma Lata: la Justicia Federal ordenó a la comunidad mapuche levantar el bloqueo
La jueza federal de Neuquén, María Carolina Pandolfi dictó una medida cautelar que obliga a integrantes de la comunidad Kaxipayiñ a cesar de inmediato el bloqueo que desde el 17 de noviembre mantienen sobre la ruta petrolera

La jueza federal de Neuquén, María Carolina Pandolfi, dictó este lunes una medida cautelar que obliga a integrantes de la comunidad mapuche Kaxipayiñ a cesar de inmediato el bloqueo que desde el 17 de noviembre mantienen sobre el “camino petrolero” de acceso a la Planta Turboexpander (TEX) y a los almacenes del área Loma La Lata–Sierra Barrosa, operados por YPF.
La decisión responde a una acción de amparo presentada por la petrolera estatal, que denunció graves perjuicios operativos, económicos, de seguridad y ambientales por la imposibilidad de ingresar vehículos, equipos y personal a las instalaciones.Entre los daños detallados por YPF se encuentran:Interrupción en la evacuación de gas y suministro de metanol y GLP.
Actas notariales acompañadas al expediente constataron la presencia de una barrera metálica, vehículos retenidos y un grupo de personas con banderas mapuches que impedían el paso, invocando que el lugar era “propiedad privada y comunitaria”.
Según YPF, las instalaciones afectadas se encuentran fuera del área relevada territorialmente a la comunidad Kaxipayiñ.En su fallo, la jueza Pandolfi ordenó:A los dos referentes demandados y a cualquier persona que obstruya el acceso, permitir el ingreso inmediato de YPF y sus contratistas.
Remover todo obstáculo físico (alambrados, tranqueras con candado, barreras, etc.).
Abstenerse en el futuro de cualquier acción que impida la libre circulación o las operaciones de la empresa, bajo apercibimiento de sanciones.
La magistrada fundamentó la urgencia de la cautelar en la necesidad de evitar la agravación de “perjuicios diarios” y consideró que el corte constituye un ejercicio abusivo del derecho a la protesta, que vulnera los derechos de YPF a ejercer industria lícita, comercio y libre circulación. La acción de amparo continuará su trámite por la vía sumarísima.