25 de abril de 2026
RIO NEGRO
El STJ confirmó que César Domínguez puede continuar en LLA
Las autoridades de Primero Río Negro habían solicitado revocarle la banca por haber asumido con ese partido y luego formar el bloque libertario. Pero el máximo órgano judicial de la provincia ratificó un fallo de primera instancia del juez Da Silva. El procurador Crespo había dictaminado en el mismo sentido

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó este viernes el recurso de apelación interpuesto por el apoderado del partido Primero Río Negro contra la sentencia definitiva del Juzgado Electoral Provincial, que había desestimado la demanda de revocación de mandato del diputado César Domínguez, quien asumió su banca por ese partido pero luego saltó a La Libertad Avanza.
La demanda había sido promovida por la presidenta de Primero Río Negro, Mónica Gunkel y el apoderado de la asamblea partidaria, Héctor Muñoz. El STJ, entendió que “No se advierte que el magistrado (por el juez electoral Carlos Da Silva) haya vulnerado la decisión de la Asamblea ni invadido la esfera de reserva partidaria, sino que actuó dentro de los términos del artículo 25 de la Constitución Provincial, el cual no prevé una revocación automática por decisión del partido, sino que exige la intervención del Poder Judicial para ello, que solo puede hacer lugar al pedido de revocatoria de un mandato legislativo cuando se acredite suficientemente la transgresión alegada”. Por este motivo, Domínguez podrá continuar en su banca por el bloque de la Libertad Avanza.
El fallo de los jueces Sergio Barotto, Sergio Ceci y Cecilia Criado añade que “en definitiva, las críticas formuladas por el apelante resultan insuficientes para descalificar la sentencia, al no aportar elementos concretos que demuestren la arbitrariedad invocada, razón por la cual el recurso deducido no puede prosperar”, afirmaron en el fallo que dictaron este viernes. Los jueces Liliana Piccinini y Ricardo Apcarian se abstuvieron.
El máximo tribunal recordó que el juez electoral dictó el 27 de marzo último una sentencia en la que rechazó el reclamo de la presidenta del partido Primero Río Negro.
Da Silva recordó que el artículo 25 de la Constitución Provincial establece que las bancas corresponden a los partidos que las nominaron y habilita la revocación por el órgano partidario competente. Sin embargo, precisó que esa facultad constituye un mecanismo excepcional, de interpretación restrictiva, condicionado a la verificación de una violación ostensible y grave de la plataforma electoral.
El juez electoral consideró acreditado que Domínguez, candidato a legislador por el partido Primero Río Negro, resultó electo en los comicios del 16 de abril del 2023 para el período 2023-2027 y suscribió la plataforma electoral partidaria.
Indicó que durante el desempeño de tal función, Domínguez solicitó a la Presidencia de la Legislatura la apertura del Bloque de La Libertad Avanza. Allí, oficializó la ruptura con sus antiguos compañeros del partido Primero Río Negro. Según Da Silva, “no se acreditó qué propuestas, principios o compromisos específicos de la plataforma habrían sido contradichos por el accionar del demandado”.
Mencionó que el planteo sobre la afectación del “principio de austeridad por el eventual incremento del gasto público derivado de un nuevo bloque legislativo no configura la causal constitucional invocada, pues la organización parlamentaria se rige por sus propias normas y no implica, por sí misma, una transgresión de la plataforma electoral”.
El juez electoral remarcó que la eventual discrepancia entre la actuación política de un representante y las posiciones adoptadas por la organización partidaria que promovió su candidatura “no habilita de forma automática la revocación del mandato legislativo”.
Concluyó que “no quedó acreditado que César Domínguez haya violado grave ni ostensiblemente la plataforma electoral del partido Primero Río Negro, requisito indispensable para habilitar la revocación del mandato legislativo”.
En la apelación, el apoderado del partido, Héctor Muñoz, con el patrocinio letrado de Mauricio Merlotti, solicitó que se revoque el fallo impugnado y se confirme la revocatoria del mandato del legislador Domínguez resuelta por la Asamblea del partido Primero Río Negro, que se reunió el 25 de octubre del 2024.
Alegaron que la sentencia de Da Silva “resulta arbitraria y carente de motivación adecuada. Precisa que las conclusiones formuladas se apartan de los hechos acreditados, vulnerando la decisión unánime de la Asamblea y su ámbito de reserva partidaria”.
El abogado Damián Torres, que es vicepresidente de la Libertad Avanza en Río Negro, solicitó en su carácter de apoderado de Domínguez, “el rechazo del recurso deducido, al considerar que no contiene una crítica concreta y razonada del fallo, sino que se limita a exteriorizar su desacuerdo con la decisión”, indicó el STJ en la sentencia.
El Procurador General, Jorge Crespo, dictaminó que debía rechazarse el recurso deducido, toda vez que no logra revertir la valoración de la prueba que condujo al magistrado a concluir que “la causal de violación grave y ostensible de la plataforma electoral no se configuró”.