1 de junio de 2026
NUEVO SISTEMA
El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral: cómo afecta a trabajadores y empresas
El Gobierno reglamentó el Fondo de Cese Laboral (FAL), una herramienta creada por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 que pone en el centro a los despidos de los trabajadores y las indemnizaciones que deben pagar las empresas, aprobada por el Congreso en febrero de 2026.

El Gobierno reglamentó el Fondo de Cese Laboral (FAL), una herramienta creada por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 que pone en el centro a los despidos de los trabajadores y las indemnizaciones que deben pagar las empresas, aprobada por el Congreso en febrero de 2026.
Con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el de Economía, Luis Caputo, la medida tiene validez plena a partir de este lunes 1 de junio de 2026.
Qué es el FAL y cómo funciona el nuevo sistema de despidos
El Decreto 408/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial define a las FAL como un fondo de dinero creado con el objetivo de ayudar y colaborar en el cumplimiento de las obligaciones de pago de las indemnizaciones por desvinculación laboral, que rigen bajo los supuestos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y los estatutos profesionales vigentes.
Estos pagos se instrumentan como vehículos de inversión colectiva, específicamente a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros constituidos en el país. Están bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
La medida aplica a todos los trabajadores registrados o "en blanco" que tengan una antigüedad mínima de 12 meses al momento de finalizar la relación laboral. Contempla a todo el sector privado e incluye explícitamente a las PyMES con certificado vigente y a las entidades sin fines de lucro.
De acuerdo con el Decreto, el fondo es financiado exclusivamente por las empresas. Los empleadores tienen la obligación de transferir dinero para mantener y nutrir su "Cuenta Individual del Empleador". Este dinero es declarado y pagado por la empresa a través de ARCA, integrándose directamente en la boleta de la Contribución Unificada de la Seguridad Social (CUSS) que las empresas pagan todos los meses por sus empleados. Una vez que ARCA recibe el dinero, lo deriva automáticamente a la cuenta del fondo de inversión elegido por la empresa.
Los recursos que aportan los empleadores forman una "cuenta individual" que funciona como un patrimonio separado, independiente, de afectación específica. Es decir, solo sirve para pagar indemnizaciones, es inembargable y no es individualizable por trabajador.
La ley especifica que la falta de pago de estas contribuciones o la insuficiencia de fondos en la cuenta es responsabilidad exclusiva del empleador. El Estado Nacional o ARCA no pone dinero ni se hace cargo si la empresa no aporta.
La medida contempla una compensación para las empresas: el documento menciona que se implementa un mecanismo de reducción de las contribuciones patronales tradicionales (las que van al Sistema de Seguridad Social) equivalente al monto que la empresa ponga en este nuevo Fondo de Asistencia Laboral. Es decir, se les descuenta de un lado lo que aportan en el otro.
El dinero se invierte en el mercado de capitales
El Decreto especifica que las empresas no deben guardar el dinero en un banco común, sino que deben elegir una "entidad habilitada" para colocar esos recursos en Fondos comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros que deben estar estrictamente regulados y supervisados por la Comisión Nacional de Valores.
Por obligación del Ministerio de Economía, el 100% del dinero solo se puede invertir en instrumentos financieros emitidos y negociados dentro de la República Argentina.
Las cuentas de estos fondos quedan totalmente exentas del Impuesto al Cheque (créditos y débitos bancarios). Las empresas también pueden deducir de Ganancias los aportes mensuales que hacen al fondo.
Para el trabajador, el dinero recibido mantiene el mismo tratamiento de exención que ya tienen las indemnizaciones comunes. Además, todas las entidades financieras que administren estos fondos tienen un tope máximo de comisión del 1% anual sobre el total de los activos que manejan.
¿Qué pasa cuando hay un despido?
Cuando ocurra un despido o un mutuo acuerdo, el empleador presenta una declaración jurada electrónica ante el Fondo de Inversión con los datos del empleado, CBU y la liquidación.
La entidad financiera cruza datos con Anses y ARCA para validar que el trabajador existe y está registrado. Una vez validado, el fondo de inversión tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para transferir el dinero directamente a la cuenta bancaria del trabajador.
Cómo afecta el FAL a los trabajadores y a las empresas
Para los trabajadores, el FAL reduce el riesgo de que una empresa quiebre o se declare insolvente y no pueda pagar la indemnización. El dinero ya está guardado y blindado en un fondo externo, por lo que asegura un cobro mayor y ágil, porque se deposita directamente en su cuenta en menos de una semana hábil.
Si el trabajador no está registrado o "en negro", el fondo solo paga por lo que figura formalmente en los papeles. El resto del dinero se le debe reclamar judicialmente al empleador en forma directa.
En el caso de las empresas, el FAL transforma un costo imprevisto y habitualmente alto en un costo mensual fijo y predecible. El Decreto prevé una reducción de las contribuciones patronales tradicionales equivalente a lo que se aporte a este nuevo fondo y busca que no suponga un aumento de la presión fiscal.