16 de junio de 2026
RIO NEGRO
Represas del Comahue: quedó firme el cobro por el aprovechamiento del recurso hídrico
La provincia fijó en un 1% de la facturación de las hidroeléctricas la retribución por el uso del recurso hídrico y oficializó el esquema que se aplicará a las futuras concesionarias de Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila tras la publicación de la ley en el Boletín Oficial

La provincia de Río Negro oficializó el esquema mediante el cual comenzará a percibir un canon por el uso del agua destinada a la generación hidroeléctrica. La medida quedó formalizada con la promulgación de la Ley 5858, publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 598/26 firmado por el gobernador Alberto Weretilneck, y se inscribe en el proceso de redefinición de las concesiones de los principales complejos hidroeléctricos emplazados sobre los ríos Limay y Neuquén.
La norma establece que la retribución por el uso especial del recurso hídrico será equivalente al 1% del monto facturado por las empresas concesionarias por la venta de energía al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), incluyendo todos los conceptos remunerados reconocidos por la Secretaría de Energía de la Nación. Además, prevé que ese porcentaje pueda incrementarse hasta el 2% en aquellos casos en que la provincia del Neuquén renuncie a percibir una compensación similar en los aprovechamientos compartidos.
La ley reglamenta aspectos previstos en la legislación provincial aprobada anteriormente y fija un criterio concreto para determinar el valor que deberán abonar las futuras operadoras hidroeléctricas por la utilización del recurso hídrico de dominio provincial.
La decisión cobra especial relevancia en el marco del proceso de privatización impulsado por el Gobierno nacional sobre los complejos hidroeléctricos cuyas concesiones originales vencieron en los últimos años. En ese contexto, Río Negro busca garantizar una participación económica directa derivada de la explotación de los recursos naturales existentes dentro de su territorio.
El artículo segundo de la ley otorga formalmente la concesión del uso especial del agua a las empresas que resulten adjudicatarias en el Concurso Público Internacional convocado para transferir el paquete accionario de las sociedades concesionarias de las centrales Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila. Se trata de tres de los emprendimientos hidroeléctricos más importantes del país, que abastecen una porción significativa de la demanda energética nacional.
Asimismo, la norma designa a la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente como autoridad de aplicación. El organismo tendrá a su cargo la implementación del régimen, la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones y la percepción de los montos correspondientes. También estará facultado para dictar las reglamentaciones necesarias para definir procedimientos de liquidación, plazos de pago y mecanismos de control.
La iniciativa había sido aprobada días atrás por la Legislatura rionegrina con respaldo mayoritario, aunque no estuvo exenta de controversias. El artículo vinculado al porcentaje del canon registró una votación dividida, reflejando diferencias respecto del alcance económico de la medida y la conveniencia de los términos adoptados por el oficialismo provincial.
Entre quienes respaldaron la propuesta se impuso el criterio de que Río Negro debe fortalecer su capacidad de captación de recursos derivados del aprovechamiento energético de sus ríos, especialmente en un contexto de renegociación de concesiones. Los sectores que votaron en contra plantearon reparos sobre algunos aspectos específicos del esquema establecido y cuestionaron la oportunidad política de la iniciativa.