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Miércoles, 17 junio 2026
Argentina
17 de junio de 2026
CHUBUT

Tras un nuevo juicio, quedó absuelto un exintegrante del gobierno de Das Neves

El contador Pablo Korn fue absuelto por segunda vez del delito de negociaciones incompatibles con la función pública. El tribunal entendió que durante el juicio no se acreditaron irregularidades en las contrataciones investigadas durante su paso por la Subsecretaría de Servicios Públicos de la provincia

Tras un nuevo juicio, quedó absuelto un exintegrante del gobierno de Das Neves
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El contador Pablo Korn, ex subsecretario de Servicios Públicos de Chubut, fue absuelto por segunda vez en la causa que investigó presuntas negociaciones incompatibles con la función pública durante su paso por el gobierno provincial. La decisión fue adoptada por unanimidad por un tribunal colegiado de Rawson, que concluyó que durante el juicio no se logró demostrar la existencia de maniobras ilegales en las contrataciones cuestionadas.

El fallo fue dictado este miércoles por los jueces Jorge Novarino, Martín O’Connor y Laura Martini, quienes analizaron la actuación de Korn en una serie de compras de materiales eléctricos realizadas durante la gestión del exgobernador Mario Das Neves. Según los magistrados, la acusación no logró acreditar que hubiera existido direccionamiento en favor de un proveedor ni que el exfuncionario hubiera obtenido algún beneficio indebido a través de las operaciones investigadas.

La causa giró en torno a contrataciones realizadas con la firma Electrocity para abastecer obras de infraestructura y atender situaciones de emergencia energética registradas en distintos puntos de la provincia. Entre los expedientes bajo análisis figuraban adquisiciones vinculadas a trabajos en Puerto Pirámides y a la provisión de materiales necesarios para afrontar las consecuencias de la crisis climática que afectó a Comodoro Rivadavia en 2017.

Durante el debate oral, los jueces evaluaron las circunstancias en las que se llevaron adelante esas compras y concluyeron que la empresa cuestionada era una de las pocas que mantenía capacidad de provisión en un contexto complejo para la administración provincial. En ese marco, consideraron acreditado que la prioridad estatal era obtener los insumos en forma inmediata para garantizar la continuidad de servicios esenciales.

La investigación fue impulsada por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública (UFEDAP), con la participación de la Fiscalía de Estado y la Oficina Anticorrupción como querellantes. La acusación fue sostenida por el fiscal Lucas Papini, quien mantuvo la hipótesis de que las contrataciones habían favorecido de manera irregular a una empresa vinculada a una persona cercana al entonces funcionario.

Sin embargo, el tribunal entendió que las pruebas reunidas durante el juicio no alcanzaron para sostener esa acusación. En los fundamentos adelantados durante la audiencia, los magistrados señalaron que no se pudo demostrar la existencia de actos contrarios a la ley ni irregularidades suficientes para justificar una condena penal.

La resolución adquiere relevancia porque se trata del segundo juicio que enfrenta Korn por los mismos hechos. En 2022 ya había sido absuelto por un tribunal que analizó la causa original. No obstante, aquella sentencia fue posteriormente impugnada y el expediente continuó recorriendo distintas instancias judiciales.

Tras una serie de recursos, la cuestión llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que dejó sin efecto el cierre definitivo del caso y ordenó la realización de un nuevo juicio oral para que se revisaran nuevamente las acusaciones formuladas por el Ministerio Público Fiscal.

Ese nuevo debate comenzó a principios de junio de este año y volvió a colocar bajo análisis actuaciones que se remontan a casi una década atrás. La defensa de Korn, encabezada por el abogado Federico Ruffa, había intentado declarar prescripta la acción penal, aunque el planteo fue rechazado y el proceso avanzó hasta el dictado del veredicto.

Con la nueva absolución, el extenso expediente judicial vuelve a cerrarse a favor del exfuncionario. El tribunal consideró que la acusación no logró superar el estándar probatorio exigido para una condena y ratificó que, ante la falta de evidencia suficiente, corresponde aplicar el principio de inocencia que rige en materia penal.

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