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Lunes, 31 agosto 2026
Argentina
31 de agosto de 2026
DEBUT

Desde hoy los bancos podrán cobrar la cuota de un préstamo desde otra cuenta

Desde este lunes comienza a funcionar el Cobro con Transferencia, el nuevo sistema del BCRA para debitar cuotas de préstamos. Requiere autorización previa y puede revocarse de manera inmediata.

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Desde este lunes comenzará a funcionar el Cobro con Transferencia (CCT), un nuevo mecanismo impulsado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para el pago de cuotas de préstamos. La herramienta permitirá a bancos y proveedores no financieros de crédito debitar de manera automática los importes adeudados desde una cuenta previamente definida y autorizada por el cliente.

La medida fue creada mediante una resolución del BCRA firmada en marzo y las entidades tuvieron plazo hasta el 31 de agosto para adecuar sus sistemas. El objetivo es reemplazar al DEBIN, instrumento que hasta ahora se utilizaba para el cobro de cuotas y que en los últimos años quedó asociado a distintos casos de fraude y estafas.



La puesta en marcha del nuevo esquema coincide con un escenario de creciente preocupación por la morosidad. Según estimaciones privadas elaboradas sobre datos del Banco Central, cerca de seis millones de personas presentan atrasos superiores a 90 días en el pago de sus créditos. Si bien el CCT no modifica la situación de esos deudores, busca establecer un mecanismo de cobro más seguro y transparente.

El funcionamiento del sistema establece que la entidad prestamista solo podrá debitar las cuotas desde la misma cuenta en la que se acreditó originalmente el préstamo. Para ello deberá contar con una autorización previa y expresa del usuario, que se otorgará una única vez y podrá ser revocada en cualquier momento, tanto ante la entidad que otorgó el crédito como ante el proveedor de la cuenta.

Además, el cliente deberá recibir una notificación electrónica el día hábil anterior a cada débito. La normativa también limita los intentos de cobro: se permitirá una operación inicial y hasta dos reintentos adicionales, a las 48 y 96 horas, una disposición orientada a evitar prácticas consideradas abusivas.

El CCT solo podrá utilizarse para préstamos cuyas cuotas sean fijas e iguales durante toda la vigencia del contrato. A su vez, la regulación establece que, al momento de otorgar el crédito, la relación entre cuota e ingresos no podrá superar el 30%, con el objetivo de reducir situaciones de sobreendeudamiento.

La herramienta estará disponible tanto para entidades financieras como para proveedores no financieros de crédito registrados ante el BCRA. También se fijó un arancel mínimo del 0,6%, que será abonado por los prestamistas y distribuido entre los participantes del sistema. En caso de fraude, la responsabilidad recaerá sobre quien otorgó el préstamo.

Pese a la expectativa oficial, en el sector bancario anticipan que la adopción del mecanismo será gradual. Una de las principales objeciones está vinculada a la obligación de cobrar desde la misma cuenta donde se depositó el crédito, lo que podría desalentar a algunas entidades a desembolsar fondos en cuentas de otros bancos o billeteras virtuales.

Las entidades también advierten dificultades para operar con cuentas CVU. Argumentan que muchos usuarios transfieren rápidamente los fondos recibidos hacia cuentas remuneradas o fondos money market, por lo que al momento del débito podría no existir saldo suficiente para cobrar la cuota correspondiente.

Por ese motivo, los bancos consideran que el sistema podría resultar más útil para financieras que ya acreditan los préstamos directamente en cuentas bancarias de sus clientes. En esos casos, el CCT permitiría automatizar el cobro sin depender de transferencias posteriores. Aun así, en el sector prevén que la utilización del nuevo mecanismo será limitada durante su primera etapa de implementación.

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