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Viernes, 9 octubre 2026
Argentina
9 de octubre de 2026
FALTA NOMBRAMIENTO

Santa Cruz tendrá una oficina destinada a la Defensoría del Pueblo

La nueva institución funcionará dentro de la Legislatura y tendrá facultades para investigar denuncias sobre el funcionamiento del Estado, los servicios públicos y áreas como salud, educación y ambiente. Su titular deberá reunir el aval de dos tercios de los diputados

Santa Cruz tendrá una oficina destinada a la Defensoría del Pueblo
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La provincia de Santa Cruz creó la Defensoría del Pueblo, un organismo que tendrá como objetivo intervenir ante posibles irregularidades de la administración pública y proteger los derechos de los ciudadanos. La ley fue publicada en el Boletín Oficial del 8 de octubre y establece que funcionará dentro del ámbito del Poder Legislativo.

Entre sus atribuciones, la Defensoría podrá investigar actuaciones de organismos y funcionarios provinciales, iniciar gestiones administrativas y judiciales, y supervisar la prestación de los servicios públicos. También tendrá competencia para recibir denuncias vinculadas con el ambiente, la salud y la educación, además de advertir sobre fallas generales en el funcionamiento del Estado.

La norma establece que el titular deberá ser argentino, tener al menos 30 años, contar con cinco años de ejercicio comprobable de la abogacía y cumplir con los requisitos de residencia previstos. Además, deberá recibir el aval de una asociación civil e inscribirse en un registro de aspirantes supervisado por una comisión especial de la Cámara de Diputados.

La designación requerirá el voto de dos tercios de los legisladores y un examen oral y público sobre derecho administrativo. El mandato será de dos años, con posibilidad de una única reelección consecutiva. Durante su gestión, el defensor no podrá desarrollar otras actividades públicas o privadas, participar en actividades partidarias o sindicales, ni ejercer otra profesión, salvo la docencia y la investigación.

El organismo podrá solicitar documentación e informes a entidades nacionales, provinciales y municipales, que deberán responder en un plazo de hasta 15 días hábiles, con posibilidad de ampliación en casos justificados. También estará facultado para recibir testimonios, realizar inspecciones y llevar adelante investigaciones. Las presentaciones serán gratuitas y podrán efectuarse por escrito o verbalmente, con reserva de identidad.

La ley dispone, además, que el defensor deberá presentar cada año un informe público ante la Legislatura y participar de una audiencia para dar cuenta de su trabajo. La actividad de la institución continuará durante el receso parlamentario y su titular tendrá las mismas inmunidades y privilegios que los diputados provinciales.

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