Argentina
Jueves, 28 marzo 2024
REGIONALES
31 de mayo de 2021

Una por una las nuevas medidas vigentes en cada una de las provincias del sur

Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz, dictaron resoluciones que establecen qué estará permitido a partir de hoy, cuando vence la norma anterior. En varias localidades volverán las clases presenciales y se extienden los horarios comerciales. El detalle

Una por una las nuevas medidas vigentes en cada una de las provincias del sur - La Tecla Patagonia



Neuquén 

El gobierno de la provincia del Neuquén dio a conocer las medidas de cuidado que regirán desde el lunes 31 de mayo hasta el domingo 6 de junio, para evitar la propagación de la pandemia.

Lo hizo durante una conferencia que el gobernador Omar Gutiérrez encabezó, en Casa de Gobierno y en la que destacó: “No estamos en contra de la circulación y de la actividad, estamos en contra de bajar la guardia y de que se pierda la vida de los neuquinos, por eso por esta semana hemos establecido este dispositivo”.

“Que no queden dudas de que somos los primeros interesados en volver al tránsito presencial de la escuela”, dijo y agregó que “por eso esta medida es por una semana, ya que tenemos la aspiración de poder volver apenas lo permita la situación epidemiológica”.

Acompañado por ministros y ministras, el gobernador subrayó que “no hay nada más importante y preciado que el cuidado de la vida”; y expresó su “reconocimiento a todos los trabajadores del sistema de Salud, por su esfuerzo y porque sabemos que les han salvado la vida a 82.423 neuquinos y neuquinas” que padecieron el Covid-19.

“En esta semana que viene no hay grandes modificaciones; este es un plan integral, de medidas focalizadas, transitorias y flexibles porque este virus tiene un comportamiento exponencial tremendo”, dijo y explicó que “vamos a abrir las puertas para que aquellos trabajadores no esenciales que no pudieron trabajar durante la semana pasada puedan desempeñarse, pero esto requiere y exige que una y otra vez nos preguntemos si es imperioso que salgamos”.

El gobernador también tuvo reconocimientos para los comerciantes: “Un montón de comercios han incorporado este dispositivo de atender de la puerta hacia afuera, los quiero felicitar, ese es el camino”, dijo y luego agradeció también la tarea de los docentes. También la de los pastores, “que están haciendo un gran trabajo y esfuerzo en cuidar la salud en la fe en Dios de cada habitante de la provincia”, destacó.

Las medidas

Las medidas que entrarán en vigencia desde este lunes abarcan a toda la provincia del Neuquén y son las que se detallan a continuación, con sus correspondientes horarios.

* La circulación en la vía pública se suspende entre las 18 y las 6 del día siguiente, salvo casos excepcionales.

* Los locales comerciales minoristas y mayoristas de todos los rubros podrán funcionar entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados, y con aforo reducido al 30%; deberán priorizar las modalidades de venta en puerta o a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes; también mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro en puerta.

* Los locales gastronómicos podrán atender clientes únicamente en espacios habilitados al aire libre, entre las 6 y las 18, de acuerdo a protocolos aprobados. Las modalidades de delivery y take away de cercanía para el sector gastronómico estarán autorizadas hasta las 23.

* Las farmacias y estaciones de servicio podrán seguir funcionando durante las 24 horas.

*El personal de obras privadas, de servicios en casas particulares, y de estudios de diversas profesiones liberales, podrán circular desde y hacia sus lugares de trabajo, entre las 6 y las 18, sin uso de transporte público de pasajeros.

Actividades que seguirán suspendidas temporalmente:

* Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

* Las reuniones sociales en espacios públicos al aire de libre.

* La presencialidad educativa en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial.

* Todas las competencias deportivas a nivel provincial y municipal, sea en espacios cerrados o al aire libre, y la actividad de clubes deportivos, y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que suponga aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.

* La actividad de salas teatrales, cines y museos.

* Los casinos, salas de juego y discotecas.

* La realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados y abiertos, en iglesias, templos y otros lugares de culto. Los ministros y ministras de los distintos cultos podrán realizar ceremonias virtuales, para lo cual está autorizada la permanencia temporal de hasta 10 integrantes de los equipos pastorales dentro de los templos para garantizar la transmisión remota de dichas ceremonias, con la observancia estricta de los protocolos sanitarios aprobados, y la adecuada y constante ventilación de esos espacios.

* La atención presencial de la administración pública provincial, con excepción del sector salud, policía y otras áreas críticas y esenciales, que continuarán trabajando exclusivamente en forma remota, quedando sólo guardias mínimas.

* Las actividades y actos oficiales provinciales y municipales.


Rio Negro 

A través de Resolución 3777 del Ministerio de Salud de Río Negro, se dispuso una serie de medidas para todo el territorio provincial con vigencia entre las 00,00 hs. del lunes 31 de mayo y todo el viernes 4 de junio inclusive. Durante el sábado 5 y domingo 6 de junio rigen las restricciones dispuestas en el DNU nacional.

Las medidas fueron analizadas por el Comité de Crisis por COVID-19, presidido por la Gobernadora Arabela Carreras, con la participación de miembros de su Gabinete; el Vicegobernador Alejandro Palmieri y el presidente del Bloque de Legisladores de Juntos Somos Río Negro, Facundo López.

Las medidas son las siguientes:

- Restricción de circulación entre las 20:00 horas y las 06:00 horas. Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna:

a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 78/21

b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles.

c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante de reserva o consumición, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado.

- Quedan suspendidas estas actividades

a) Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de cinco personas.

c) La realización de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre.

d) La actividad de clubes deportivos y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que implique aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre.

e) Las actividades de casinos, bingos y discotecas.

f) La realización actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público.

g) La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, sin asistencia de público.

h) La actividad de cines, teatros, museos, bibliotecas, centros culturales y establecimientos afines.

- Habilitaciones especiales:

a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 23:00 horas, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. En todos los casos deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre.

b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos vigentes.

c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

d) Los jardines maternales, sin dependencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios habituales.

e) Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

- Dictado de clases

Solo se retomarán las clases y actividades presenciales, exclusivamente en los niveles inicial, primario y educación especial, en las ciudades y localidades detalladas a continuación, en las que seguirá suspendida la presencialidad en los niveles secundario y superior. Esta decisión se adopta luego de haber realizado una evaluación conjunta de la situación epidemiológica imperante con el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y considerando especialmente la posibilidad del retorno de la presencialidad en aquellas localidades que registran una tendencia decreciente en la curva de contagios de COVID-19.

1. San Carlos de Bariloche
2. Dina Huapi
3. Pilcaniyeu, Cerro Alto, Pichi Leufu Arriba, Pichi Leufu Abajo
4. Maquinchao
5. Los Menucos
6. Sierra Colorada
7. Ministro Ramos Mexía
8. Guardia Mitre
9. General Conesa
10. El Cuy
11. Ñorquinco
12. Aguada de Guerra
13. Aguada Guzmán
14. Cerro Policía
15. Comicó
16. El Caín
17. Mencué
18. Naupa Huen
19. Ojos de Agua
20. Pilquiniyeu
21. Pilquiniyeu del Limay
22. Prahuaniyeu
23. Río Chico – Río Chico Abajo
24. Villa Llanquín
25. Villa Mascardi
26. Yaminue
27. Paso Flores, Corralito

En el resto de la provincia sigue suspendido el dictado de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y modalidades.

Chubut 

El Gobierno Provincial dictó la resolución que restablece el dictado de clases con presencialidad en los establecimientos educativos de 27 localidades de Chubut, a la vez que se suspenden todas las actividades deportivas y de contacto y la actividad presencial en la administración pública provincial. La vigencia será desde las 0 horas del lunes hasta el día 6 de junio inclusive.

El instrumento conjunto entre los Ministerios de Gobierno y Justicia y de Salud lleva la firma de los titulares de esas carteras, José María Grazzini y Fabián Puratich.

La decisión se adopta en el marco de las atribuciones conferidas a dichos Ministerios y en la necesidad de administrar las medidas de prevención y actividades habilitadas para ser desarrolladas en las diferentes localidades y departamentos de Chubut.

Es por ello que se dispone la presencialidad en el dictado de clases en los establecimientos públicos y privados de todos los niveles y modalidades, respetando el distanciamiento físico y las medidas sanitarias de seguridad e higiene establecidas en 27 localidades.

La resolución comprende a 28 de Julio, Aldea Apeleg, Aldea Beleiro, Camarones, Dique Ameghino, El Escorial, El Mirasol, Facundo, Gaiman, Gan Gan, Garayalde, Gastre, Gobernador Costa, Gualjaina, Lago Blanco, Lago Rosario, Lagunita Salada, Las Plumas, Los Altares, Paso de Indios, Paso del Sapo, Puerto Pirámides, Rawson, Río Mayo, Tecka, Telsen y Yala Laubat.

Se establece además que en las demás localidades y ciudades “las actividades educativas se desarrollarán acompañando y fortaleciendo el proceso de enseñanza y aprendizaje desde la virtualidad”.

La decisión se enmarca también en que esta semana se intensificará el plan de vacunación, especialmente entre los docentes chubutenses,  y debido al aumento exponencial de casos de Covid-19 y creciente demanda de camas en hospitales.

Actividades Deportivas y teletrabajo

Se suspenden las actividades deportivas grupales y de contacto, y solamente están habilitados los deportes individuales o aquellos que permitan mantener el distanciamiento físico y las medidas sanitarias apropiadas, en todo el territorio provincial.

También queda suspendida la actividad presencial en la administración pública provincial, entes autárquicos y organismos descentralizados durante la vigencia de la medida, salvo aquellos agentes convocados para garantizar actividades necesarias e imprescindibles requeridas por las autoridades superiores.

Los empleados públicos no convocados deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto.

La resolución ratifica la calificación de alto riesgo epidemiológico o situación de alarma epidemiológica y sanitaria sobre los departamentos Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo.

Santa Cruz 

El Ministerio de Salud y Ambiente, retomó la publicación del Índice Epidemiológico Ajustado por Población (IEAP) para definir el nivel de riesgo de contagio de cada localidad. Cabe destacar que, en el contexto de la pandemia por COVID - 19, las autoridades sanitarias evalúan semana a semana las disposiciones que son necesarias para cortar con los contagios y para ello es importante el compromiso de cada uno y cada una en el cumplimiento de las medidas de prevención.

En esta ocasión, la cartera sanitaria destacó el cumplimiento de las medidas enmarcadas en el Decreto Provincial N° 582 lo que permitió el control de la propagación del virus en  muchas localidades e hizo hincapié en el compromiso de toda la población en el respeto por las medidas dispuestas por el Gobierno Provincial.

El nuevo Semáforo Epidemiológico establece los siguientes niveles de riesgo:

Riesgo Bajo: El Chaltén y El Calafate.

Riesgo Medio: Río Turbio, Caleta Olivia, 28 de Noviembre, Gobernador Gregores, Puerto Santa Cruz, Río Gallegos, Pico Truncado, Perito Moreno, Puerto Deseado, Las Heras, Puerto San Julián y Los Antiguos.

Riesgo Alto: Comandante Luis Piedra Buena.


En todos los niveles de riesgo es importante reforzar las medidas preventivas básicas para cortar con la circulación del virus, tales como el uso de barbijo en forma permanente, el lavado de manos en forma habitual, la ventilación de ambientes y evitar reuniones sociales.

Medidas de cuidado según la situación epidemiológica

-Localidades de Riesgo Bajo: En este rango están comprendidas las localidades de El Chaltén y El Calafate. Las mismas deberán implementar las siguientes medidas:

El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios se deberá cumplimentar estrictamente bajo los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial y las medidas adicionales que los Municipios y/o Comisiones de Fomento hubieren establecido en el ámbito de su jurisdicción.

Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

Restringir de manera estricta la circulación de personas entre la 01:00 hs. a las 07:00 hs. AM, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas. Queda exceptuados de la restricción, el transporte interurbano de pasajeros y el transporte de cargas, mercaderías y/o todo aquel que por su actividad y/o servicio es considerado esencial por la normativa vigente.

Localidades de riesgo medio:

Entre las mismas se encuentran, Río Turbio, Caleta Olivia, 28 de Noviembre, Gobernador Gregores, Puerto Santa Cruz, Río Gallegos, Pico Truncado, Perito Moreno, Puerto Deseado, Las Heras, Puerto San Julián y Los Antiguos. Las medidas que deberán adoptar se encuentran:

El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será hasta las 23:00 horas y deberá cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.

Los locales comerciales y/ o de servicios deberán mantener libre una superficie equivalente del cincuenta por ciento 50% del espacio cubierto, respetando en todo momento el uso de las medidas que implican el distanciamiento social.

Los bares, confiterías, restaurantes y cervecerías funcionarán de lunes a jueves hasta las 23:00 hs., ampliando el horario hasta las 00:00 hs., los días restantes de la semana.

Los restaurantes y confiterías deberán respetar un aforo de hasta el 50% de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas; los bares y cervecerías deberán respetar un aforo de hasta un 30 % de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas. 

Se restringe de manera estricta la circulación de personas entre la 01:00 hs. a las 07:00 hs. am, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada.

Se podrá realizar eventos públicos en espacios cerrados con una concurrencia no mayor de 20 personas según la capacidad del lugar, debiendo respetar estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos metros y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico para el control del cumplimiento de esas norma; cuando los mismos se realicen al aire libre dicha capacidad se podrá ampliar hasta una cantidad de 50 personas, debiendo cumplimentar idénticas medidas de prevención. 

Las competencias deportivas que se realicen al aire libre o en espacios cerrados serán sin concurrencia de público o espectadores, con excepción de aquellos progenitores y/o responsables que deben acompañar a sus hijos/as menores de 16 años al evento.

También se recomienda a la ciudadanía, evitar realizar actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de diez personas por constituir ello una de las principales fuentes de contagio de COVID-19.

El transporte público urbano de pasajeros deberá funcionar cumplimentando los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad competente con el 50 % de su capacidad y las ventanas abiertas a fin de mantener la ventilación adecuada.

-Localidades de riesgo alto: En este rango se encuentra Comandante Luis Piedra Buena. La misma deberá adoptar las siguientes medidas a partir del lunes 31 de mayo:

El funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será hasta las 23:00 horas y deberá cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial, con un aforo de hasta el treinta por ciento (30%) según la capacidad del lugar.

Las confiterías y restaurantes funcionarán con concurrencia de público desde las 10:00 hs. hasta las 15:00 hs. con un aforo hasta el treinta por ciento (30 %) de su capacidad, disponiendo mesas de no más de 4 personas. El resto de la jornada funcionará bajo la modalidad delivery y/o take away; se suspende el funcionamiento de bares y cervecerías en las localidades comprendidas en el presente.

Se restringe de manera estricta la circulación de personas entre la 01:00 hs. a las 07:00 hs. am, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada; y se suspende el funcionamiento de casinos, bingos, discotecas y  salones de fiesta. 

Las actividades recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados deberán respetar un aforo de hasta el treinta por ciento (30%) de su capacidad.

Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte donde participen más de diez personas; y se recomienda a la ciudadanía suspender la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, por constituir ello una de las principales fuentes de contagio de COVID-19, salvo para la asistencia de personas que requieran cuidados especiales.

El transporte público urbano de pasajeros deberá funcionar cumplimentando los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad competente con el treinta por ciento (30%) de su capacidad y las ventanas abiertas a fin de mantener la ventilación adecuada. 

Medidas de cuidado de alcance general

Continúan en vigencia las reglas de conducta generales y obligatorias, tales como:

-Mantener distancia mínima de dos metros.

-Utilizar tapabocas en espacios compartidos.

-Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.

-Higienizarse asiduamente las manos.

-Toser o estornudar en el pliegue del codo.

-Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria provincial.

En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de "caso confirmado" de COVID-19, "caso sospechoso", o "contacto estrecho", conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento por disposiciones normativas vigentes.
 

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