20 de junio de 2024
RIO NEGRO
Conflicto mapuche: piden revocar condenas a miembros de la comunidad Buenuleo
La defensa de los integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo, algunos de los cuales fueron declarados culpables del delito de usurpación, solicitó que se revoque la sentencia de los mismos y que, por consiguiente, sean absueltos
Hace dos meses, miembros de la comunidad mapuche Buenuleo fueron declarados culpables del delito de usurpación de tierras en la ciudad de Bariloche, provincia de Río Negro. El fallo se desprendió de un hecho ocurrido en el año 2019, cuando personas fueron desalojadas de un lote de 92 hectáreas ubicadas en la zona sur de la localidad cordillerana.
De forma unánime, los jueces Ignacio Gandolfi, Romina Martini y Víctor Gangarrosa encontraron culpables de dicho delito a cinco de los integrantes de la comunidad: Ramiro Buenuleo, Rosa Buenuleo, Sandra Ferman, Lucas Dinamarca y Nahuel Maliqueo. Por su parte, fueron eximidos del delito en la sentencia Mauro Millán, Nicolás Quijada y Claudio Raile.
Por otra parte, en el mismo fallo judicial los magistrados declararon culpables a Ramiro Buenuleo y Leonardo Feltez, a quienes se les atribuyó haber realizado una amenaza de bomba en el edificio de Tribunales de Bariloche con el objetivo de entorpecer el proceso judicial.
Ahora, a partir de una nueva audiencia, la defensa de los integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo solicitó que se revoque la sentencia de los mismos y que, por consiguiente, sean absueltos de los cargos.
Los abogados defensores Natalia Araya y Marcos Ciciarello apuntaron en su planteo contra la participación del juez Gandolfi, a quien habían recusada por no intervenir en dos instancias previas al juicio, como también así a la “no aplicación” del derecho indígena.
“La aplicación del derecho indígena no solo es una cuestión de cumplimiento legal y constitucional, sino también de justicia social, respeto a la diversidad cultural y ambiental, y promoción de la autonomía y autodeterminación de los pueblos originarios”, alegó la querella.
Por otro lado, los abogados defensores señalaron: “La tarea hermenéutica a la que apunta el juez debe tener como norte armonizar diferentes instituciones y evitar la utilización del derecho penal, que es de última ratio, como él mismo afirma en su sentencia, donde hace todo lo contrario: menciona el derecho indígena para no aplicarlo”.
Y agregaron en el mismo sentido que “dando preponderancia la existencia de un poder de hecho y consolidado sobre la cosa” por sobre la “ocupación actual, tradicional y pública reconocida mediante Res. 151/2003, que si bien fue posterior al hecho que nos ocupa, lo cierto es que el reconocimiento es lo que es posterior, pero no el vínculo ancestral que la comunidad Buenuleo tiene con el territorio”.