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Lunes, 30 diciembre 2024
Argentina
10 de septiembre de 2024
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AFIP reglamentó cómo serán las condiciones de blanqueo para monotributistas

La medida fue normalizada a través de la resolución 5561, publicada este martes en el Boletín Oficial. De ese modo, los monotributistas podrán adherir al Régimen de Regulación de Activos y declarar la titularidad de sus bienes e inmuebles.

AFIP reglamentó cómo serán las condiciones de blanqueo para monotributistas
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La medida fue formalizada a través de la resolución 5561, publicada este martes en el Boletín Oficial, que dicta que los activos que regularicen los pequeños contribuyentes no serán considerados como motivo de exclusión del régimen simplificado o su recategorización.

Asimismo, la AFIP fijó una serie de requisitos para acreditar la titularidad de inmuebles. Por otra parte, los contribuyentes podrán ingresar al blanqueo obras en construcción. 

En ese marco, los activos declarados por los monotributistas no serán considerados como motivo de exclusión del régimen simplificado o su recategorización en períodos anteriores a la declaración.

Con respecto a los requisitos para acreditar la titularidad de inmuebles, deberán presentar la escritura traslativa de dominio o un boleto de compraventa “con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023″.

Qué bienes y quiénes no podrán acceder al blanqueo de capitales

-Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente (titularidad, posesión, tenencia o guarda) al 31 de diciembre de 2023, lo cual se acreditará en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación a esa fecha.

-Hasta el 31 de marzo de 2025 se podrá acceder al Régimen de Regularización de Activos.
-No podrán ingresar personas que no sean ni hayan sido residentes en la Argentina ni se podrán incorporar bienes a nombres de terceros.

-Las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, que se adhieran adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.
-No podrán acceder quienes hayan ejercido cargos públicos en los últimos diez años, ni sus cónyuges, padres, hijos o hermanos.

-No podrán acceder los principales contratistas del Estado.

-No se podrán blanquear criptomonedas.

-Quienes participen de este blanqueo no podrán inscribirse a esquemas similares hasta el 31 de diciembre de 2038.

 

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