30 de septiembre de 2024
CHUBUT
Impugnaron sobreseimientos por un caso de fraude en la Cooperativa 16 de octubre
Se trata de manejos irregulares en la mutual Aonikenk. Según argumentaron desde la Fiscalía, existen pruebas suficientes para retomar la causa a juicio oral, tras denunciar maniobras al margen de la ley por más de 192 millones de pesos
La fiscal María Bottini y la procuradora Cecilia Bagnato presentaron un recurso contra la resolución del juez de la audiencia preliminar, Jorge Luis Ennis, que había sobreseído a tres imputados en la causa que investiga presuntas irregularidades en la administración de los fondos de la Mutual Aonikenk, perteneciente a los empleados de la Cooperativa 16 de Octubre Ltda.
En la impugnación extraordinaria, las fiscales argumentaron que la resolución carece de una motivación suficiente y omite tratar varios de los argumentos presentados por la Fiscalía. Además, señalaron que el juez aplicó erróneamente un precepto legal. La querella, por su parte, también presentó un recurso similar.
La Fiscalía busca que los hechos, las conductas de los imputados y el alcance de sus responsabilidades sean debatidos en un juicio oral y público. Bottini y Bagnato sostienen que existen irregularidades evidentes en el manejo de los fondos de la mutual y en la confección de los balances, lo que habría causado un perjuicio a los afiliados. Según las acusadoras, no es posible cerrar el proceso en esta etapa sin permitir que ambas partes presenten todas las pruebas posibles.
El recurso presentado por la Fiscalía también hace referencia a un cambio de paradigma en la sociedad en cuanto a los delitos de "cuello blanco", señalando que la comunidad rechaza estas prácticas de abuso de poder. Bottini y Bagnato enfatizan que este tipo de resoluciones entorpecen la posibilidad de lograr una condena en un juicio oral, privando a la comunidad de una respuesta adecuada ante conductas que consideran delictivas.
En su presentación, las fiscales cuestionaron la valoración probatoria realizada por el juez, quien afirmó que no existía un perjuicio claro. Según ellas, esta conclusión es incorrecta, ya que el análisis del juez confronta los elementos presentados por la Fiscalía con los aportados por la Defensa, lo que supone una valoración de la prueba. Asimismo, destacaron que para el caso de los balances falsos, la prueba debe ser producida en juicio para establecer si las acciones del contador imputado configuran un delito.
La Fiscalía denunció anomalías en la audiencia preliminar, incluyendo la salida de los imputados de la sala sin autorización, exabruptos de los defensores y un trato despectivo hacia las fiscales, quienes fueron calificadas de "susceptibles". También se criticó la decisión del juez de permitir que los imputados no asistieran a la continuación de la audiencia, un hecho inusual que, según la Fiscalía, connota parcialidad.