7 de marzo de 2026
RIO NEGRO
La Justicia rechazó el amparo de Unter y avaló la reorganización de cargos en jardines
Un juzgado laboral de General Roca rechazó la acción de amparo presentada por la Unión de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación de Río Negro (Unter) contra decisiones del Ministerio de Educación de Río Negro vinculadas con la reorganización de cargos en el nivel inicial

El sindicato había solicitado que se suspendieran resoluciones del sistema educativo provincial que modificaron la estructura de puestos docentes en jardines de infantes y que se restituyeran los cargos existentes antes de esas medidas. También advirtió que la reorganización podía afectar condiciones laborales, la estabilidad de docentes titulares y la continuidad pedagógica en los establecimientos.
El juez laboral Juan Huenumilla concluyó que la documentación presentada por el gobierno provincial demuestra que el proceso se realizó dentro de las normas vigentes y como parte de la planificación del sistema educativo. Según el análisis judicial, las decisiones se apoyaron en criterios vinculados con la matrícula escolar y en un relevamiento territorial que detectó una reducción de estudiantes en distintas zonas.
El fallo también señala que los docentes titulares alcanzados por la reorganización no perdieron su salario ni su estabilidad laboral, ya que continúan dentro del sistema con derecho a una nueva asignación. En cuanto a los cargos ocupados por docentes interinos o suplentes, el magistrado recordó que su permanencia está sujeta a la naturaleza temporal de esas designaciones, por lo que su finalización no implica una vulneración ilegal de derechos.
Durante el proceso también se analizó si las medidas podían afectar el derecho a la educación. Sobre ese punto, la sentencia indica que no se acreditó el cierre de salas obligatorias ni reclamos generalizados de familias. Además, se remarca que la obligatoriedad del nivel inicial en las salas de cuatro y cinco años continúa garantizada en el sistema educativo provincial.
El pronunciamiento judicial también abordó la legitimación del sindicato para impulsar la acción. El juez reconoció que la organización gremial puede representar intereses colectivos de docentes y de la comunidad educativa, pero recordó que el amparo es una vía excepcional que sólo procede ante una ilegalidad manifiesta o cuando existe un daño grave y urgente.
En este caso, el fallo concluye que las resoluciones cuestionadas forman parte de las facultades del Consejo Provincial de Educación de Río Negro para organizar y planificar el sistema educativo. Al no verificarse arbitrariedad ni una afectación concreta de derechos fundamentales, el juzgado resolvió desestimar la acción presentada por el gremio y mantener vigentes los cambios previstos para el ciclo lectivo 2026.