16 de marzo de 2026
CHUBUT
El STJ validó el fallo del juez Richeri y sentó un precedente clave sobre el uso de IA
El máximo tribunal provincial revocó la nulidad que había dictado la Cámara Penal de Esquel contra una sentencia al detectar una redacción de inteligencia artificial. Los magistrados que el control judicial debe centrarse en el contenido del fallo y no en las herramientas utilizadas para elaborarlo, siempre que no se demuestre un perjuicio concreto en el proceso

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut revocó la nulidad que había dictado la Cámara Penal de Esquel contra una sentencia del juez Carlos Rogelio Richeri, en un caso que generó fuerte polémica por la posible utilización de inteligencia artificial en la redacción del fallo.
La decisión del máximo tribunal provincial, firmada por cinco de sus integrantes, estableció un criterio que podría tener impacto a nivel nacional sobre el uso de estas herramientas en el ámbito judicial: lo que debe evaluarse es el contenido final de la sentencia y no el proceso interno que utiliza el magistrado para elaborarla.
El caso se originó a partir de una causa por robo simple ocurrida en noviembre de 2023 en la ciudad de Esquel. En ese proceso, el juez Richeri condenó al acusado a dos años y seis meses de prisión efectiva. La defensa apeló la sentencia cuestionando la valoración de distintas pruebas, entre ellas imágenes de cámaras de seguridad y una pericia criminalística, además del modo de cumplimiento de la pena.
Durante la revisión del fallo, la Cámara Penal de Esquel detectó en el texto una frase que generó la controversia: “Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar”. Para los jueces de segunda instancia, esa oración constituía una señal clara de que el magistrado había utilizado un asistente de inteligencia artificial generativa para redactar parte de la sentencia.
A partir de esa interpretación, en octubre de 2025 la Cámara resolvió declarar la nulidad total del fallo, ordenó la realización de un nuevo juicio con otro juez y remitió el caso al Superior Tribunal para que evaluara posibles faltas vinculadas al uso de inteligencia artificial.
Las fiscales del caso apelaron esa decisión y el conflicto terminó escalando hasta el máximo tribunal provincial, que finalmente resolvió revocar la nulidad y validar lo actuado por el juez de primera instancia.
En su resolución, el STJ sostuvo que el sistema procesal penal no controla cómo piensa un juez ni los recursos que utiliza durante su deliberación, sino el resultado final expresado en la sentencia. Según el tribunal, la consulta de doctrina, jurisprudencia o herramientas tecnológicas forma parte del proceso intelectual privado del magistrado, que es secreto por definición.
Los ministros señalaron que lo que sí puede ser revisado judicialmente es si la sentencia cuenta con fundamentos lógicos, suficientes y verificables. En ese sentido, remarcaron que la deliberación judicial solo adquiere relevancia jurídica cuando se exterioriza a través de la fundamentación de la decisión.
El fallo también analizó el protocolo aprobado por el propio STJ en 2025 para regular el uso de inteligencia artificial en el Poder Judicial, que exige control humano efectivo, anonimización de datos y transparencia cuando se utilizan estas herramientas. Sin embargo, el tribunal aclaró que el incumplimiento de una pauta reglamentaria no genera automáticamente la nulidad de una sentencia si no se demuestra un perjuicio concreto o una afectación real a garantías constitucionales.
Para los ministros, el hecho de que una herramienta de inteligencia artificial pueda haber asistido en la redacción de un texto no implica necesariamente que el juez haya delegado su función de decidir. En ese sentido, el fallo remarca que la función jurisdiccional es indelegable y que la responsabilidad por el contenido de una sentencia recae exclusivamente en el magistrado que la firma.
El Superior Tribunal también advirtió que declarar nulidades automáticas basadas únicamente en defectos formales podría trasladar el control judicial desde el contenido de la decisión hacia los medios utilizados para elaborarla, lo que no está previsto en el sistema procesal.
Tras esta resolución, el expediente fue devuelto a la Cámara Penal de Esquel, que deberá analizar nuevamente los agravios originales planteados por la defensa sobre la validez de las pruebas y la pena impuesta. Ese análisis deberá realizarse con una integración distinta de jueces y teniendo en cuenta el criterio fijado por el máximo tribunal provincial.
La decisión fue firmada por los ministros Camila Banfi Saavedra, Silvia Bustos, Andrés Giacomone, Javier Raidan y Mario Vivas, mientras que Ricardo Alberto Napolitani no participó por encontrarse de licencia. El caso abrió un debate más amplio en el ámbito judicial y académico sobre los límites, riesgos y posibilidades del uso de inteligencia artificial en la elaboración de decisiones judiciales.