13 de julio de 2026
CHUBUT
Absolvieron a Cruz Cárdenas por la usurpación en Los Alerces, pero le confirmaron otras condenas
Casación Penal revocó la condena por la ocupación de tierras en el Parque Nacional al considerar que no quedó acreditada intención delictiva. Sin embargo, mantuvo las penas por daño agravado y atentado a la autoridad, por lo que el tribunal de origen deberá fijar una nueva condena

La Cámara Federal de Casación Penal modificó parcialmente la condena impuesta a Ernesto Cruz Cárdenas, referente de la autodenominada comunidad mapuche Lof Pailako, al absolverlo por el delito de usurpación vinculado a la ocupación de un sector del Parque Nacional Los Alerces. No obstante, confirmó las condenas por daño agravado y atentado a la autoridad relacionadas con distintos episodios de violencia ocurridos durante el conflicto, por lo que el expediente regresará al Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia para que establezca una nueva pena.
Cruz Cárdenas había sido condenado en agosto de 2025 a tres años de prisión en suspenso, mientras que María Belén Salinas recibió una pena de un año y medio, también de ejecución condicional. Ambos habían sido considerados responsables por hechos ocurridos entre 2020 y 2021 durante la ocupación de la seccional de guardaparques El Maitenal, dentro del área protegida.
Al revisar la sentencia, la Sala II de Casación entendió que, en relación con la usurpación, no existían pruebas suficientes para acreditar el elemento subjetivo que exige el tipo penal, es decir, la intención de despojar ilegítimamente al Estado de la posesión del inmueble.
Los jueces sostuvieron que el conflicto debía analizarse dentro de un contexto de reclamos territoriales y antecedentes familiares vinculados al predio, ya que la defensa había planteado que la ocupación respondía a una reivindicación sobre tierras habitadas por ancestros de la familia de Salinas desde principios del siglo XX. Para el tribunal, esa circunstancia impedía afirmar con el grado de certeza requerido que los acusados hubieran actuado con dolo, por lo que aplicó el principio de la duda en favor del imputado y dispuso su absolución por ese delito.
La resolución no modificó, en cambio, las condenas por los ataques contra personal y bienes de la Administración de Parques Nacionales. Casación ratificó la responsabilidad de Cruz Cárdenas por el ataque a una camioneta oficial ocurrido en septiembre de 2020, al considerar suficientes los testimonios y demás pruebas que lo ubicaron en el lugar de los hechos.
También confirmó la condena por el incendio de un puente sobre el arroyo Cascada y las agresiones contra guardaparques registradas en julio de 2021. Los magistrados valoraron las declaraciones de los agentes que intervinieron en el procedimiento, quienes identificaron a los responsables, además de otros elementos incorporados durante el juicio.
Como consecuencia de la absolución parcial, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia deberá recalcular la pena teniendo en cuenta únicamente los delitos que permanecen firmes. Tanto Cruz Cárdenas como Salinas continuarán bajo el régimen de prisión en suspenso, sujeto al cumplimiento de las reglas de conducta fijadas por la Justicia.
La causa se originó a partir de la ocupación de un sector del Parque Nacional Los Alerces en enero de 2020, cuando integrantes de la Lof Pailako ingresaron a la seccional El Maitenal y bloquearon los accesos. El conflicto derivó en distintos episodios de violencia que motivaron la intervención de la Justicia Federal y el posterior juicio oral.