29 de marzo de 2025
CHUBUT
Provincia oficializó nueva normativa sobre comunidades indígenas
El gobierno provincial promulgó tres leyes que regulan la inscripción de comunidades indígenas, su participación en la Comisión de Tierras Indígenas y el procedimiento de consulta previa en proyectos que puedan afectarlas. En qué consiste cada norma

El Gobierno de Chubut oficializó esta semana tres normativas referidas a la cuestión indígena, sancionadas por la Legislatura el 27 de febrero. Entre ellas, se destaca la Ley I N° 810, que crea el Registro de Comunidades Indígenas en el ámbito del Ministerio de Gobierno, estableciendo los requisitos para su inscripción y los alcances del reconocimiento estatal.
Según la normativa, podrán registrarse aquellas comunidades que acrediten descendencia de pueblos que habitaron ancestralmente el territorio provincial, con identidad, cultura y organización propia. La inscripción, además de ser un requisito para solicitar personería jurídica, exige la acreditación de derechos sobre la tierra o la ocupación real, continua y pacífica del territorio.
Asimismo, mediante la Ley I N° 811, se modificó la composición de la Comisión de Tierras Indígenas, incorporando representantes de comunidades legalmente inscriptas. Por otra parte, la Ley V N° 202 estableció el Procedimiento Protocolar de Consulta Previa Libre e Informada (PCPLI), en conformidad con el Convenio 169 de la OIT. Este procedimiento deberá aplicarse a medidas legislativas o administrativas que afecten directamente a comunidades indígenas, como la autorización de exploraciones de recursos naturales en sus territorios.
El protocolo determina que la consulta debe ser previa a la implementación de medidas, sin presiones externas y con acceso a información detallada. Además, fija plazos y mecanismos de convocatoria para garantizar la participación de las comunidades en la toma de decisiones que las involucren.