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Viernes, 31 julio 2026
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31 de julio de 2026
RIO NEGRO

Un juez desestimó la acusación contra la intendenta Penilla por falta de mérito

La jefa comunal de Ingeniero Huergo fue imputada de administración fraudulenta pero ayer, el juez de Garantías Gastón Pierroni, consideró que se trata de una "irregularidad administrativa". La investigación, sin embargo, no fue archivada por lo que el Ministerio Público Fiscal podrá seguir investigando

Un juez desestimó la acusación contra la intendenta Penilla por falta de mérito
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La acusación contra la intendenta de Ingeniero Huergo, Silvia Penilla (PJ), por presunto delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública fue desestimada por el juez de Garantías Gastón Pierroni por considerar que hay falta de mérito.

El magistrado consideró que el hecho que le imputa la fiscal Vanesa Cascallares no se enmarca en un delito penal sino en una irregularidad administrativa.

La causa, no obstante, no fue archivada y continuará en investigación preliminar, durante la cual el Ministerio Público Fiscal podrá profundizar los hechos y, eventualmente, reformular la imputación o modificar la calificación legal.

Para el juez, “no existe mérito para imputar el delito de administración fraudulenta”. Según la acusación, entre diciembre de 2023 y abril de 2024 Penilla habría omitido registrar laboralmente al subsecretario de Gobierno, Darío Cavia. Los pagos por los servicios prestados se habrían instrumentado mediante facturas emitidas por su pareja, Eva Muller, quien habría recibido transferencias bancarias directas.

Para Pierroni, el mecanismo tuvo como finalidad que Cavia percibiera una retribución por las tareas que efectivamente realizaba, ya que no se encontraba inscripto para emitir facturación, hecho que se corrigió a partir de mayo. También señaló que los montos abonados resultaban acordes a la función desempeñada.

“Es una irregularidad manifiesta, pero no deja de ser una cuestión administrativa. Eventualmente Cavia podría generar un reclamo del fuero laboral por la falta de registración, pero el hecho no configura un delito. Hay una irregularidad, pero no constituye un ilícito penal”, remarcó.

Para el magistrado, Cavia “no hizo más que cobrar, aunque de manera irregular, por los servicios que prestó”. En ese sentido, cuestionó uno de los elementos centrales de la administración fraudulenta: “¿Dónde está el propósito de procurar un lucro indebido?”,  se preguntó al analizar la calificación propuesta por el MPF.

Según publica Literal, Pierroni también advirtió que la imputación presentaba imprecisiones respecto del supuesto perjuicio ocasionado al patrimonio municipal. En ese sentido, señaló que la Fiscalía estimó un daño de 6.183.796 pesos, aunque, a su criterio, no explicó suficientemente cómo se constituyó ese monto.

El juez aclaró que, si bien rechazó la formulación de cargos, esto no implica el sobreseimiento de Penilla ni el cierre definitivo de la investigación. Es decir, la Fiscalía podrá continuar con la investigación preliminar, profundizar algunos aspectos y, eventualmente, reformular la imputación o adecuar la calificación jurídica de los hechos.
 

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