20 de mayo de 2020
NEUQUEN
Cuarentena light: Gutiérrez autorizó salidas recreativas en municipios de primera categoría
Las principales localidades, incluida la capital, tendrán espacio para el esparcimiento. Será hasta tres veces por semana, con durarción y espacio determinado. Cada municipio deberá presentar primero un protocolo sanitario para su aprobación por parte del Comité de Emergencia Provincial. Entrarían en vigencia la próxima semana
Es tarde el gobernador neuquino Omar Gutiérrez autorizó mediante un decreto a los municipios de primera categoría a disponer desde mañana la realización de breves salidas de esparcimiento de toda la población hasta un máximo de tres días por semana entre lunes y sábado, sujetas a la presentación de un protocolo que será validado por el Comité de Emergencia Provincial.
Las salidas de esparcimiento podrán consistir en paseos, caminatas, trote o ciclismo exclusivamente con fines recreativos, de acuerdo con los términos del artículo 8 del decreto nacional 408/20, que establece las modalidades de este tipo de actividades.
Los municipios de primera categoría son 13: Neuquén Capital, Senillosa, Chos Malal, Centenario, San Martín de los Andes, Villa la Angostura, Junín de los Andes, Plottier, San Patricio del Chañar, Rincón de los Sauces, Plaza Huincul, Cutral Co y Zapala.
“Estoy confiado en el comportamiento del pueblo neuquino, que nos permite avanzar y enfrentar esta pandemia, en este contexto de una nueva realidad”, dijo Gutiérrez y agregó que “hay que combinar los lugares, días y horarios para poder llevar adelante estas medidas. Hay localidades que van a usar el máximo de tres días de salidas recreativas por semana más el domingo. Esto nos genera las posibilidades de disfrutar de estas salidas con responsabilidad”.
En ese sentido, el mandatario provincial adelantó que “hoy se están definiendo de manera conjunta, compatibilizando los protocolos que en cada ciudad cada intendente va a dar a conocer en el día de la fecha”.
Condiciones para las salidas
El artículo 8 del decreto nacional 408/20 establece que las personas que deben cumplir el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” podrán realizar una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y antes de las 20.
También estipula la prohibición de usar transporte público o vehicular y la obligación de guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente. En ningún caso se podrán realizar aglomeramientos o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria. Para estas salida se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero.