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Argentina
31 de agosto de 2013
BARILOCHE

Revés para el voto joven

La Justicia rechazó un amparo presentado por la Defensora del Pueblo de Bariloche, Andrea Galaverna. De esta manera no podrán sufragar los jóvenes de 16 a 18 años

Revés para el voto joven
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Con esta determinación, la Defensor promovió el amparo para que “el Concejo Municipal arbitre los medios y realice las diligencias necesarias a fin de garantizar a los ciudadanos argentinos nativos y por opción que cumplan dieciséis años de edad hasta el día 1º de septiembre de 2013, el derecho a sufragar en los comicios municipales para elegir Intendente Municipal”.

Los jueces explicaron en su fallo que “la única manera dentro de la autonomía municipal de modificar esa situación, es que se proceda a modificar la Carta Orgánica en especial el artículo 139 o plantear la inconstitucionalidad de la norma concreta”.

Asimismo, recordaron la “autonomía” de la Municipalidad para dictarse sus propias normas electorales. Además, los jueces del Tribunal cuestionaron “la vía elegida” por Galaverna para la incorporación a los padrones de los jóvenes entre 16 y 18 años. “Hubiese sido la adecuada si demostrara haber agotado la vía administrativa previa o el reclamo previo, como ser la presentación a la Junta Electoral, la negativa concreta de la misma, y la apelación” correspondiente.

Esos pasos no fueron cumplidos por la Defensora del Pueblo, y los magistrados consideraron que, entonces, “falta uno de los requisitos fundamentales para la procedencia de la acción, que es haber agotado la vía administrativa previa”.

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