10 de junio de 2024
CHUBUT
Boleta Única de Papel y debate obligatorio: lo que se viene en el nuevo Código Electoral
El gobernador Ignacio Torres confirmó que en los próximos días presentará ante la Legislatura el proyecto para establecer una nueva normativa en cuanto al sistema en el que se eligen autoridades en la Provincia. La iniciativa también contempla paridad de género y la creación de un observatorio
El gobernador Ignacio Torres confirmó que en los próximos días presentará en la Legislatura un proyecto de ley para crear el primer Código Electoral de la provincia de Chubut. “Vamos a poner a debatir a todos los partidos políticos para saldar una deuda que hace años la sociedad viene exigiendo”, expresó Torres.
El proyecto busca garantizar “un proceso transparente y que permita a los partidos grandes y chicos tener representatividad y participar de las elecciones”, señaló el gobernador. La iniciativa, con casi 200 artículos, introduce medidas clave como la boleta única de papel, el debate obligatorio y la paridad de género.
Torres también adelantó que se prevé “crear una Secretaría abocada específicamente a la transparencia del proceso electoral para que se terminen los privilegios”. Esta Secretaría sería designada por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura, y su titular deberá ser abogado con experiencia en materia electoral, asegurando así una jurisprudencia acorde a los tiempos y al nuevo sistema. Además, el Tribunal Electoral pasará a funcionar en la sede de la Legislatura, en lugar del Superior Tribunal.
Por su parte el vicegobernador Gustavo Menna recordó que Chubut es la única provincia de Argentina que nunca ha tenido un Código Electoral, a pesar de que la Constitución Provincial mandata su creación. “Se trata de una deuda histórica, que ha generado inconvenientes en muchos procesos electorales”, afirmó Menna, indicando que el proyecto se basa en un anteproyecto preparado hace unos 10 años.
Menna detalló que el proyecto establece derechos y deberes de los electores incluidos en el Padrón Electoral Nacional, distrito Chubut. La obligación de votar será desde los 18 hasta los 70 años, mientras que entre los 16 y 18, y para los mayores de 70, el voto será un derecho. Además, el proyecto define cuándo un voto es válido, nulo, impugnado o recurrido; reconoce el derecho de los partidos a tener fiscales; y crea la figura del delegado electoral.
Una de las novedades del proyecto es la figura de los Observadores Electorales, que permitirá la intervención de organizaciones de la sociedad civil u organismos internacionales en la fiscalización de los procesos electorales, proporcionando mayores garantías de transparencia.
El proyecto también instituye la boleta única de papel, un reclamo generalizado de la sociedad. Esta modalidad ya se implementa en provincias como Santa Fe, Córdoba, Salta (de manera electrónica), CABA, Mendoza y algunos municipios. Menna anticipó que Chubut adoptará el modelo cordobés, con una sola papeleta que incluirá las categorías de gobernador, diputados provinciales, Consejo de la Magistratura y, en caso de adhesión municipal, las categorías municipales.
Asimismo, la propuesta contempla la fecha de la elección, estableciendo los plazos para su convocatoria por parte del Poder Ejecutivo, y la realización de un debate obligatorio. También se establece la paridad de género y se innova en la inclusión de personas no binarias.
Por otra parte, se trabajó en un proyecto para una nueva Ley de Partidos Políticos que reemplazará a la actual, la cual ha ido incorporando legislación electoral de manera dispersa, como cuando se aprobaron las PASO. Con la creación del Código Electoral, muchas de estas normas dispersas se integrarán en la nueva ley.
Finalmente, Menna destacó el trabajo de los autores del anteproyecto original, Edith Terenzi, Betina Grosman, Jean Loup Gerber y Elena Regojo, y reconoció la dedicación del juez federal con competencia electoral, Dr. Hugo Sastre, y su equipo, quienes sistematizaron y enriquecieron el proyecto del código y prepararon la ley de partidos políticos y la ley orgánica del tribunal electoral provincial.