9 de septiembre de 2024
RIO NEGRO
Pese al impulso de políticos y empresarios, rechazaron amparo contra la suba de tarifas eléctricas en Roca
El juez Contencioso Administrativo de Roca desestimó el amparo presentado a favor de dos usuarios vulnerables que pedían frenar los aumentos de tarifas eléctricas. La decisión se tomó tras garantizar que no habrá cortes de suministro mientras se resuelven sus reclamos
El juez Contencioso Administrativo de Roca, Matías Lafuente, rechazó el amparo presentado por dos usuarios que alegaban no poder afrontar el nuevo cuadro tarifario aprobado por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE). La decisión fue tomada luego de confirmar que, según informes oficiales, los amparistas no sufrirán cortes de suministro mientras se evalúa su situación.
Este fallo se produce en medio de una presentación judicial más amplia impulsada por el diputado provincial Luciano Delgado Sempé, con el apoyo de empresarios y referentes políticos de partidos como el PRO, La Libertad Avanza y Cambia Río Negro. El amparo buscaba frenar lo que consideran "aumentos desmedidos" en las tarifas eléctricas. La acción judicial, presentada el pasado 23 de agosto en General Roca, solicitaba la refacturación de los servicios desde principios de año y la nulidad de las resoluciones del EPRE que habilitaron los incrementos.
Delgado destacó que los aumentos "ponen en riesgo la continuidad de negocios y el empleo" y resaltó la urgencia social de la situación, citando como ejemplos tres casos testigos: dos familias en situación de vulnerabilidad con facturas de hasta 600 mil pesos y un comerciante cuyo consumo se redujo, pero vio un aumento significativo en su factura. "Los aumentos son incoherentes e injustificados", afirmó el legislador.
Pese a estos reclamos, el juez determinó que la vía del amparo no es adecuada para modificar políticas públicas, subrayando que el EPRE había ofrecido "tutela administrativa efectiva" a los amparistas, garantizando que no se les cortará el servicio mientras se estudian sus reclamos. La sentencia también recordó que, en un sistema democrático y republicano, "la intromisión del Poder Judicial en las funciones de los otros poderes debe ser estrictamente restrictiva".
A pesar de la presentación conjunta de políticos y empresarios, el fallo concluyó que "no existió acción u omisión ilegítima" por parte de EPRE o Edersa que justificara la intervención judicial, por lo que la acción fue desestimada.