14 de noviembre de 2024
SANTA CRUZ
Exorbitante multa a ADOSAC por no acatar una conciliación obligatoria
La Secretaria de Estado de Trabajo de la Provincia dispuso una sanción para el gremio de la educación de casi 1.800 pesos por desobedecer una medida de febrero de 2023. Qué respondieron desde el sindicato
La Secretaría de Estado de Trabajo de Santa Cruz, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, impuso una multa millonaria a la Asociación Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) por incumplimiento de la conciliación obligatoria en el conflicto con el Consejo Provincial de Educación (CPE) que se remonta a febrero de 2023. La sanción asciende a $1.736.894.161,60, en cumplimiento de la Ley Provincial 2.450, que regula los procedimientos administrativos en lo laboral.
La disposición N° 304/SET/MTEySS/2024, bajo el expediente 532.374/2023, establece que ADOSAC violó la conciliación obligatoria dictada el 26 de febrero de 2023 mediante la Resolución N° 062/MTEySS/2023, en medio de tensiones con el CPE. Pese a la notificación formal, el gremio realizó un paro de 48 horas los días 27 y 28 de febrero y convocó nuevas huelgas en marzo, desobedeciendo así el mandato conciliatorio.
La Secretaría de Trabajo fundamentó su decisión en el artículo 47 y 48 de la Ley 2.450, que establece sanciones a quienes obstruyan la autoridad laboral durante un proceso de conciliación. "Las medidas de fuerza adoptadas por ADOSAC en el marco de la conciliación obligatoria contravienen los principios de buena fe en la negociación", expresa el dictamen, aludiendo a que el sindicato optó por "no dar cumplimiento a la normativa".
En conferencia de prensa, representantes de ADOSAC anunciaron que presentarán una apelación contra la medida, además de una denuncia ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con el respaldo de laConfederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTRA). Desde el gremio sostienen que la decisión es “arbitraria y desproporcionada” y remarcaron que buscarán justicia en los tribunales laborales locales y organismos internacionales.
La Secretaría de Trabajo otorgó un plazo de tres días hábiles para que el sindicato realice el pago correspondiente, advirtiendo que en caso de incumplimiento, se procederá al cobro judicial.